Cómo ejercer el derecho al olvido en Google

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Aparecer en los resultados de Google con información negativa, antigua o irrelevante puede tener un impacto importante en tu vida personal y profesional. De hecho, una simple búsqueda negativa puede afectar a tu reputación, oportunidades laborales o incluso a sus relaciones comerciales. Por este motivo, el derecho al olvido en Google permite proteger los datos personales en Internet. Google analiza cada caso de forma individual y puede aceptar, rechazar o estimar parcialmente una petición de retirada de contenido. Conocer el procedimiento para ejercer este derecho, los criterios marcados por Google, y la legislación y jurisprudencia que lo desarrolla es básico para garantizar el éxito.

En esta guía explicamos paso a paso qué es el derecho al olvido o derecho de supresión, cuándo se puede ejercer, cómo presentar la solicitud, consejos prácticos y cuales son los recursos legales si la respuesta es negativa.

Qué es el derecho al olvido y qué permite eliminar

El derecho al olvido es el derecho de una persona a solicitar que determinados resultados de búsqueda que contienen datos personales dejen de mostrarse cuando se busca su nombre en Google u otros buscadores. En otras palabras, permite retirar información personal que resulta falsa, obsoleta, irrelevante o desproporcionada en relación con la situación real del afectado.

Cabe mencionar que el derecho al olvido no implica borrar el contenido original de Internet. Es decir, la noticia, la imagen, el artículo o la publicación puede seguir existiendo en la página web que la publicó, pero Google deja de mostrar ese enlace en el buscador cuando alguien busca tu nombre. Por tanto el contenido no desaparece de la web de origen, pero el contenido sí deja de ser accesible a través del buscador, y Google lo «desindexa» de sus resultados. Entre otros, esto es especialmente interesante para influencers y creadores de contenido.

El derecho al olvido se ha construido progresivamente a través de la normativa europea, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y su desarrollo en las legislaciones nacionales de los Estados miembros. A continuación explicamos el marco legal que engloba el derecho al olvido.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) como base del derecho al olvido

El Reglamento General de Protección de Datos reconoce el derecho al olvido en su artículo 17, bajo el nombre de “derecho de supresión”. Este precepto establece que una persona puede solicitar la eliminación de sus datos personales cuando, entre otros supuestos:

  • a) Los datos ya no sean necesarios para la finalidad con la que fueron recogidos ;
  • b) Haya retirado su consentimiento ;
  • c) el interesado se oponga al tratamiento, y no prevalezcan otros motivos legítimos para el tratamiento (artículo 21) ;
  • d) los datos personales hayan sido tratados ilícitamente;
  • e) los datos personales deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación establecida en el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al responsable del tratamiento ;
  • f) los datos personales se hayan obtenido en relación con la oferta de servicios de la sociedad de la información

No obstante, este “derecho de supresión” debe ponderarse con otros derechos, especialmente la libertad de expresión y el derecho a la información. Esta ponderación se ha ido concretando a través de la jurisprudencia europea.

Jurisprudencia europea sobre el derecho al olvido

Caso Google Spain vs. Costeja González (2014)

El origen del derecho al olvido en buscadores digitales se encuentra en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C- 131/12, Mario Costeja – Google Spain, que estableció que los motores de búsqueda son responsables del tratamiento de datos personales que indexan y muestran al buscar un nombre. A partir de esta Sentencia, el RGPD recogió expresamente el derecho de supresión de datos (en su artículo 17), que se aplica también a los buscadores, y se ha ido desarrollando a través de las guías de autoridades de protección de datos y resoluciones que concretan cuándo debe prevalecer la protección de la vida privada del afectado.

En el asunto Mario Costeja vs. Google Spain, el TJUE establece que el derecho del interesado a que su información personal no esté a disposición del público prevalece sobre el interés económico del motor de búsqueda y el interés del público a acceder a la información. No obstante, en la ponderación entre los derechos enfrentados deberá buscarse un “justo equilibrio”, y debe estar debidamente motivado. Como consecuencia, el TJUE encomienda a Google — que ostenta evidentes intereses económicos — la labor de ponderar los derechos en conflicto con el fin de determinar el equilibrio entre el derecho a la intimidad personal del usuario y el derecho a la libertad de información de los internautas. Esta función de ponderación resulta más adecuada al ámbito de los tribunales de justicia o, en su caso, al de la autoridad de protección de datos de cada Estado miembro, en cuanto autoridad de control independiente.

Caso Google vs. CNIL (2019)

En el asunto C‑507/17 (Google LLC vs. CNIL), el TJUE aclaró el alcance territorial del derecho al olvido impuesto a los buscadores. El Tribunal decidió que, en principio, Google no está obligado a aplicar la desindexación en todos los dominios del mundo (.com, etc.), sino al menos en todas las versiones del buscador correspondientes a Estados miembros de la UE, con medidas para impedir el acceso desde la Unión a través de otros dominios.

Esta sentencia equilibró la protección de datos con la realidad de internet global, evitando imponer automáticamente una censura mundial, pero exigiendo que dentro de la UE el derecho al olvido sea efectivo. De este modo, consolidó un modelo “regional” de derecho al olvido, fuerte en el espacio europeo pero no necesariamente extensible a terceros países.

Caso GC y otros vs. CNIL (2019)

En los asuntos acumulados C‑136/17 (GC y otros vs. CNIL), el TJUE se pronunció sobre el tratamiento de categorías especiales de datos (como salud, ideología, religión o vida sexual) en los buscadores. El Tribunal indicó que, para este tipo de información especialmente sensible, los motores de búsqueda deben aplicar un control más estricto y, en muchos casos, acceder a la desindexación salvo que exista un interés público particularmente fuerte.

La sentencia también matizó que incluso respecto de datos sensibles puede haber situaciones en las que el interés informativo prevalezca, por ejemplo en relación con figuras públicas o cuestiones de gran relevancia social. Así, GC y otros vs. CNIL refinó el criterio de ponderación introducido por Costeja, definiendo cómo debe tratar Google la información más delicada sobre las personas.

Desarrollo del derecho al olvido en las leyes nacionales europeas

En la Unión Europea, el derecho al olvido se complementa con la normativa nacional de protección de datos de cada Estado miembro, que adapta el RGPD y detalla cómo pueden los ciudadanos dirigirse tanto a los buscadores como a la autoridad de control cuando consideran que sus datos siguen apareciendo de forma injustificada. A continuación, analizamos las leyes nacionales de algunos Estados miembros que han complementado o se han adaptado al RGPD y sus características.

PaísNorma principal de protección de datosCómo regula el derecho al olvido / matices clave
EspañaLey Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD)Desarrolla el RGPD e incluye de forma expresa el derecho al olvido en búsquedas de internet y en redes sociales y servicios equivalentes en los artículos 93 y 94. Reconoce la posibilidad de pedir la desindexación de resultados vinculados al nombre de una persona cuando la información sea inadecuada, inexacta, no pertinente, no actualizada o excesiva, consolidando a España como uno de los ordenamientos donde este derecho está más detallado a nivel interno.
FranciaLoi Informatique et Libertés (reformada para adaptarse al RGPD)Incorpora el derecho de supresión y el derecho al olvido en coherencia con el RGPD, y se aplica bajo la supervisión de la CNIL. La autoridad francesa ha tenido un papel protagonista al discutir el alcance territorial del derecho al olvido frente a Google, defendiendo en varios procedimientos una interpretación amplia para evitar que datos desproporcionados sigan siendo accesibles desde Francia.
AlemaniaBundesdatenschutzgesetz (BDSG)El BDSG complementa el RGPD y regula el derecho de supresión. La práctica alemana pone un fuerte énfasis en el equilibrio entre protección de datos y libertad de expresión/prensa, de modo que las autoridades y tribunales realizan un análisis especialmente detallado cuando existe un posible interés público en la información que se pretende desindexar.
BélgicaLoi relative à la protection des personnes physiques à l’égard des traitements de données à caractère personnel (30 juillet 2018)La autoridad de protección de datos Belga y la práctica judicial se alinean con la jurisprudencia del TJUE, prestando especial atención a los efectos profesionales y reputacionales de la información y a la proporcionalidad de que siga siendo accesible mediante buscadores. Obtén más información sobre el derecho al olvido en Bélgica.

El EDPB (Comité Europeo de Protección de Datos) es un organismo independiente de la UE que garantiza la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en todos los países miembros, promueve la cooperación entre las autoridades nacionales de protección de datos y asesora a las instituciones de la UE sobre legislación en materia de protección de datos. El derecho al olvido, también está en relación con el Sistema de Información Schengen, y la eliminación de datos personales.

En qué casos se puede ejercer el derecho al olvido en Google

A continuación, explicamos los motivos por lo que se puede solicitar el derecho al olvido en Google con ejemplos prácticos, para proteger los datos personales en el entorno digital y solicitar la desvinculación de determinada información.

Información antigua u obsoleta

En primer lugar, el derecho al olvido puede ejercerse cuando los resultados de búsqueda muestran información antigua que ya no refleja la situación actual de la persona afectada. Por ejemplo, hechos ocurridos hace años que han perdido relevancia informativa y que, sin embargo, siguen apareciendo en los primeros resultados al buscar un nombre en el buscador de Google. Con el paso del tiempo, el interés público puede desaparecer, mientras que el perjuicio reputacional se mantiene. En estos casos, se puede solicitar la retirada de estos enlaces.

💡 Ejemplo práctico: Un profesional del sector comercial aparecía en Google vinculado a una noticia de hace más de diez años sobre un conflicto laboral. El asunto se resolvió en su momento rápidamente mediante un acuerdo extrajudicial con la empresa, pero la noticia seguía apareciendo en los resultados indexados de Google. Dado el tiempo transcurrido y la inexistencia de interés público actual, se solicitó la retirada del enlace, que fue aceptada.

Datos personales que han dejado de ser relevantes

Además, el derecho al olvido se puede ejercer cuando los datos personales ya no son pertinentes para la finalidad con la que fueron publicados inicialmente. Esto ocurre, por ejemplo, cuando una información fue relevante en un momento concreto, pero hoy carece de interés para el público. En consecuencia, mantener su indexación en Google puede resultar desproporcionado en relación con el impacto que genera en la persona afectada (sobre todo si el impacto es negativo o perjudicial en el día de hoy).

💡 Ejemplo práctico: Una persona que había ocupado un cargo en una empresa figuraba en resultados relacionados con una reestructuración interna ocurrida años atrás. Aunque la información era veraz, ya no tenía relevancia informativa y afectaba negativamente a su carrera profesional. En este contexto, se consideró desproporcionada su permanencia en los resultados de búsqueda y se logró su desindexación.

Noticias sobre procedimientos judiciales ya resueltos

Otro supuesto habitual es el de noticias relacionadas con procedimientos judiciales que ya han finalizado (como sobreseimientos, absoluciones o cancelación de antecedentes) y han resultado favorables para la persona solicitante. Aunque la noticia del procedimiento judicial fuera veraz en su momento y tuviera interés, su permanencia en los resultados de búsqueda no se alinea con la realidad actual. Por ello, cuando el procedimiento judicial ha sido resuelto y no existe interés público, el derecho al olvido es procedente.

💡 Ejemplo práctico: Un particular aparecía asociado a una investigación penal que fue archivada sin llegar a juicio. A pesar de ello, varias noticias seguían posicionadas en Google años después sobre esta investigación. Al acreditarse el cierre definitivo del procedimiento y la ausencia de interés público, se logró la retirada de los enlaces vinculados a su nombre.

Información inexacta, incompleta o fuera de contexto

Asimismo, se puede ejercer el derecho al olvido cuando los resultados de Google contienen información incorrecta, incompleta o engañosa. En estos casos, el problema no es solo el paso del tiempo, sino la falta de exactitud o el contexto erróneo en el que aparece la información. Mantener este tipo de resultados puede vulnerar el derecho a la intimidad, el honor y la protección de datos personales.

💡Ejemplo práctico:  Una noticia recogía una sanción administrativa, pero no incluía que dicha sanción fue posteriormente anulada. La falta de información completa generaba una percepción errónea sobre la persona afectada, que afectada a su reputación. En este caso, la desindexación fue aceptada al demostrarse que la información mostrada era incompleta y parcialmente engañosa.

Datos que causan un perjuicio desproporcionado

Por último, el derecho al olvido puede ejercerse cuando la difusión de determinados datos personales provoca un daño excesivo en relación con su utilidad informativa. Esto es especialmente relevante cuando los resultados afectan a la reputación, la vida profesional o las oportunidades laborales de una persona sin que exista un interés público claro que justifique su permanencia. En estos casos, los tribunales europeos han reconocido que el derecho a la protección de datos puede prevalecer sobre el derecho a la información.

💡 Ejemplo práctico: Un autónomo veía afectada su actividad profesional porque su nombre aparecía vinculado a una incidencia económica ocurrida muchos años atrás con Hacienda. Aunque el hecho era real, su impacto actual era claramente desproporcionado frente al escaso interés informativo existente. Tras analizar el caso, el buscador consideró procedente solicitar la retirada de los resultados.

Datos e información de carácter sensible

En particular, el ejercicio del derecho al olvido cobra una especial intensidad cuando la información objeto de desindexación afecta a datos personales de carácter sensible, como los relativos al origen racial o étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, la afiliación sindical, así como los datos relativos a la salud, la vida sexual o la orientación sexual del interesado. Dada la especial protección que estos datos reciben en la normativa de protección de datos, su tratamiento y difusión a través de motores de búsqueda exige una justificación reforzada, inclinándose la ponderación, por regla general, a favor de la salvaguarda de los derechos fundamentales del afectado, salvo que concurra un interés público que prevalezca con fuerza.

💡 Ejemplo práctico: Una persona cuyo nombre aparecía en los resultados de Google vinculado a una noticia antigua que revelaba información sobre una enfermedad grave que padeció en el pasado. Aunque la información era verdad, el enlace resultaba desproporcionado y lesivo para la intimidad del interesado. En este supuesto, al tratarse de datos relativos a la salud —categoría especialmente protegida—, se desindexó el enlace.

Análisis individual caso por caso

En definitiva, aunque estos supuestos son los más comunes, no existe una lista cerrada de casos en los que el derecho al olvido sea aplicable. Google analiza cada solicitud de manera individual, valorando factores como el origen de la información (sitio gubernamental o periódico), la antigüedad del contenido, el efecto en los usuarios de Google, el papel que desempeña en la vida pública la persona afectada, el interés general de la información, la veracidad de la información o los datos sensibles. Por ello, antes de presentar una solicitud, nuestros abogados analizan la viabilidad del caso para enfocar correctamente la solicitud.

💡Valor añadido : En general, cuanto más tiempo haya pasado, más haya cambiado la situación y menos interés público exista, más posibilidades hay de que Google desindexe esos enlaces.

¿Está Google obligado a analizar la solicitud de retirada de contenido?

Google está legalmente obligado a analizar las solicitudes de retirada de contenidos que se formulen en ejercicio del derecho al olvido, siempre que estén debidamente fundamentadas. Esta obligación tiene su origen en la normativa europea de protección de datos —en particular, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)— y en la jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

De acuerdo con este marco normativo, Google actúa como responsable del tratamiento de los datos personales que indexa y difunde a través de su motor de búsqueda. En consecuencia, debe llevar a cabo un análisis de cada solicitud presentada. En la práctica, cuando se presenta una solicitud de derecho al olvido, Google está obligado a:

  • Analizar el caso de manera individualizada, atendiendo a las circunstancias concretas del interesado y de la información afectada.
  • Ponderar el derecho fundamental a la protección de datos y a la vida privada frente al derecho a la libertad de información y al interés público en el acceso a dicha información.
  • Comunicar al solicitante una resolución expresa y motivada, indicando las razones por las que se acepta o se rechaza la retirada del enlace de los resultados de búsqueda.

Ahora bien, el reconocimiento de esta obligación no implica que todas las solicitudes deban ser estimadas. El éxito del procedimiento reside en la correcta argumentación jurídica, en la identificación de los criterios aplicables (relevancia pública, actualidad de la información, condición del afectado, naturaleza de los datos, entre otros) y en la adecuada acreditación del perjuicio causado. Por ello, contar con asesoramiento legal especializado resulta determinante para aumentar las probabilidades de éxito.

Cuándo Google puede rechazar una solicitud de derecho al olvido

Google puede rechazar legítimamente una solicitud cuando considera que la retirada de los resultados afecta al derecho a la información o al interés público. Por este motivo, es necesario conocer los límites del derecho a la supresión, y enfocar correctamente cada caso desde el inicio. A continuación, se explican los principales supuestos.

Interés público y relevancia informativa

En primer lugar, Google puede rechazar una solicitud cuando la información tiene un interés público claro y actual. Esto ocurre cuando los resultados de búsqueda se refieren a hechos que siguen siendo relevantes para la sociedad, ya sea por su impacto social, económico o institucional. En estos casos, el derecho a la información puede prevalecer sobre el derecho a la protección de datos personales.

La información puede considerarse de interés público por distintos motivos. En el marco de este proceso de decisión, Google se apoya en diversas fuentes jurídicas y orientativas. Entre ellas se incluyen las directrices elaboradas por las autoridades europeas de protección de datos, como las emitidas por el antiguo Grupo de Trabajo del Artículo 29 sobre la aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de derecho al olvido, así como las directrices del Comité Europeo de Protección de Datos.

Personas con proyección pública

Google aplica criterios más estrictos cuando la solicitud proviene de personas con proyección pública. Se consideran personas con proyección pública, entre otras, aquellas que desempeñan o han desempeñado cargos políticos, funciones institucionales relevantes o actividades con influencia social o económica. En estos casos, la sociedad tiene un mayor interés en acceder a determinada información, lo que limita el alcance del derecho al olvido.

💡Ejemplo: Un directivo de una empresa con presencia mediática solicitó la retirada de resultados relacionados con su gestión profesional. Dado su papel público y la relevancia de la información para terceros, Google consideró justificada la permanencia de los enlaces.

💡Ejemplo: Una persona implicada en un caso de relevancia social reciente solicitó la retirada de varias noticias de Google. Sin embargo, al tratarse de hechos con impacto público y actuales, la solicitud fue rechazada por existir un interés informativo legítimo.

Información de actualidad

Por otro lado, Google suele rechazar solicitudes cuando la información es reciente o está relacionada con hechos de actualidad. El derecho al olvido está pensado para información que ha perdido relevancia con el paso del tiempo. Por tanto, cuando los hechos son recientes, el interés público suele prevalecer, al menos de forma temporal.

💡 Ejemplo: Una persona solicitó la retirada de noticias publicadas pocos meses antes sobre un procedimiento en curso. En este caso, la solicitud fue rechazada al considerarse que la información seguía siendo actual.

Actividades profesionales relevantes

Finalmente, Google puede denegar una solicitud cuando la información está directamente relacionada con actividades profesionales que afectan a terceros. Esto incluye, por ejemplo, información relevante para clientes, consumidores, inversores o usuarios de un servicio. En estos supuestos, mantener el acceso a la información puede considerarse necesario para proteger intereses legítimos de otras personas, por ejemplo en reseñas de «Google my business», Google Maps, o negocios locales.

💡Ejemplo: Un profesional del ámbito financiero solicitó la retirada de resultados vinculados a sanciones administrativas relacionadas con su actividad. Dado que la información podía ser relevante para potenciales clientes, Google consideró que existía un interés legítimo en su mantenimiento.

Boletines oficiales y hemerotecas

Las solicitudes de derecho al olvido que afectan a boletines oficiales (como el BOE, diarios autonómicos o provinciales) y a hemerotecas digitales de medios de comunicación son difíciles de desindexar. Este tipo de fuentes tiene un alto interés informativo y valor, lo que inclina la ponderación a favor del derecho a la información.

En el caso de los boletines oficiales, la información publicada tiene carácter oficial y normativo, y su finalidad es garantizar la publicidad de actos administrativos y judiciales. Los buscadores y las autoridades de protección de datos suelen considerar que existe un interés público reforzado en que esa información siga siendo accesible. Por ello, para la desindexación de enlaces a boletines oficiales es necesario experiencia y una expertise concreta. Algo similar ocurre con las hemerotecas digitales, que cumplen una función de archivo periodístico y conservación de la memoria informativa. Google y las autoridades suelen valorar que mantener el acceso responde a un interés legítimo de la sociedad.

Derecho al olvido en Google. RGPD y jurisprudencia europea en protección de Datos. Noticias e imágenes.

Cómo ejercer el derecho al olvido en Google paso a paso

A continuación, se explica el proceso paso a paso, tal y como se aplica en la práctica y conforme a los criterios utilizados por Google.

Identificar los resultados exactos que se quieren eliminar

Antes de presentar cualquier solicitud, es imprescindible delimitar con exactitud qué resultados se pretenden retirar. Google no analiza enlaces concretos asociados a búsquedas concretas.

Identificar las URLs exactas

En primer lugar, debes localizar las URLs específicas que aparecen en los resultados de búsqueda y que contienen tus datos personales. No basta con indicar el nombre del medio o de la web; es necesario copiar la dirección exacta de cada resultado. Cuanto más precisa sea esta identificación, más sólida será la solicitud.

Comprobar las búsquedas por nombre

El derecho al olvido se aplica, principalmente, cuando la información aparece al buscar el nombre y apellidos (o una variante clara). Por ello, es importante comprobar qué resultados aparecen al buscar el nombre completo, qué variantes generan resultados (con segundo apellido, iniciales, etc.), y en qué posición aparece cada enlace (para comprobar el impacto en la persona afectada y no dejar ningún enlace suelto).

Recopilar capturas de pantalla y pruebas

Además, conviene guardar capturas de pantalla de los resultados de búsqueda en el momento de preparar la solicitud. Estas pruebas permiten acreditar que el enlace aparece asociado a tu nombre, demostrar la visibilidad del resultado, y respaldar la solicitud en caso de solicitud de retirada de contenido a Google o recurso posterior.

Analizar de forma individual la viabilidad del caso

Una vez identificados los resultados, el siguiente paso consiste en analizar si el caso es viable. Este análisis marca la diferencia entre la solicitud y el resultado final.

Interés público de la información

En primer lugar, debe evaluarse si la información tiene interés público actual. Si los hechos siguen siendo relevantes para la sociedad, Google puede rechazar la solicitud. Por el contrario, si el interés informativo ha desaparecido con el tiempo, el derecho al olvido gana peso.

Antigüedad de los hechos

El tiempo transcurrido es uno de los factores más importantes. Cuanto más antiguos sean los hechos y menor sea su relevancia actual, mayores serán las probabilidades de éxito.

Función del afectado

También es fundamental analizar el papel de la persona afectada. No se valora igual a un particular sin proyección pública que a alguien con funciones relevantes o exposición mediática.

Una vez analizada la viabilidad, debemos preparar la solicitud de retirada y desindexación ante el buscador con el mayor rigor, como si se tratara de una demanda judicial. Realizar este paso de forma superficial, o sin el conocimiento legal necesario, es motivo de muchos rechazos.

Argumentación jurídica

La solicitud debe explicar claramente por qué la información es obsoleta, irrelevante o desproporcionada, y qué perjuicio causa su permanencia en los resultados de búsqueda. Además debe explicarse por qué debe prevalecer el derecho a la protección de datos, y fundamentar jurídicamente la petición.

Documentación de apoyo

Es importante adjuntar documentación en la solicitud que respalde lo expuesto. Elementos probatorios tales como poderes notariales, resoluciones o sentencias judiciales, certificados de cancelación de antecedentes penales, o documentos que acrediten cambios relevantes. Cuanto mejor documentado esté la solicitud, mayor será su solidez.

Errores frecuentes que deben evitarse

Entre los errores más habituales se encuentran solicitudes genéricas, falta de pruebas, argumentos contradictorios, y exceso de enlaces irrelevantes, entre otros.

Presentar la solicitud ante Google

Una vez preparada la solicitud, debe enviarse a través del formulario específico habilitado por Google para el derecho al olvido.

Qué formulario usar

Google dispone de un formulario para solicitudes de retirada de resultados por motivos de protección de datos. Es importante utilizar siempre este canal oficial y completar todos los campos con precisión.

Qué no hacer al enviar la solicitud

Conviene evitar enviar múltiples solicitudes idénticas, modificar los argumentos sin coherencia o justificación, y aportar información innecesaria o confusa (hechos cronológicos, argumentación jurídica, elementos de prueba, etc).

Plazos habituales de respuesta

Por lo general, Google responde en un plazo que puede oscilar entre varios días o semanas. Esto depende del contenido a retirar, el volumen de los enlaces a desindexar, la cantidad de elementos de prueba y la complejidad entre otros. La respuesta puede ser positiva, negativa o parcial.

Respuesta de Google y siguientes pasos

Una vez recibida la respuesta, es necesario analizarla con atención, ya que no todas las resoluciones tienen el mismo alcance.

Aceptación de la solicitud

Si Google acepta la solicitud, los enlaces dejarán de aparecer en los resultados asociados al nombre indicado. En este caso, conviene verificar los días posteriores a la aceptación de la solicitud que la desindexación se haya producido correctamente. En caso de no ser así, es aconsejable contactar de nuevo con Google.

💡 Para verificar que un resultado ha sido correctamente desindexado, es recomendable realizar las comprobaciones desde una ventana de incógnito o con la sesión de Google cerrada, de modo que los resultados no estén condicionados por el historial de búsquedas o la cuenta del usuario.

A continuación, conviene repetir la búsqueda utilizando distintas variantes del nombre —nombre y apellidos completos, solo un apellido, orden inverso, nombre profesional o alias si se usa públicamente—, ya que la retirada suele aplicarse a consultas concretas y no de forma genérica. Por último, es importante comprobar la visibilidad del resultado tanto en los dominios europeos de Google (como google.es, google.fr o google.de) como en google.com desde una ubicación dentro de la Unión Europea, teniendo en cuenta que, la desindexación se aplica en los dominios de la UE y mediante geobloqueo para usuarios europeos.

Rechazo de la solicitud

Si la solicitud es rechazada, Google indica los motivos del rechazo. En este escenario, es posible reformular y subsanar la solicitud con los elementos que faltan o justificando de mejor forma los argumentos, o valorar la posibilidad de presentar un recurso ante la autoridad de protección de datos competente, o valorar la vía judicial.

Aceptación parcial

En algunos casos, Google elimina solo parte de los enlaces solicitados (acepta parcialmente la solicitud). Esta situación requiere un análisis específico para decidir si recurrir o no, y cómo proceder. Si un resultado reaparece tras haber sido retirado, lo primero es identificar si se trata de la misma URL o de una nueva (por ejemplo, una republicación, un cambio de dominio o una copia del contenido), documentar la reaparición con capturas fechadas y la búsqueda exacta, y presentar una nueva solicitud de desindexación indicando que existe una retirada previa concedida y que el contenido es idéntico.

Qué hacer si Google rechaza tu solicitud de derecho al olvido

Recibir una respuesta negativa de Google a una solicitud de derecho al olvido no implica que el procedimiento haya llegado a su fin. Una parte significativa de las solicitudes rechazadas en primera instancia acaban prosperando tras una revaluación jurídica o mediante las vías legales oportunas. En la práctica, Google suele denegar solicitudes por deficiencias en la argumentación, ausencia de pruebas suficientes o por aplicar una ponderación discutible entre el derecho a la protección de datos personales y el derecho a la información.

Cuándo conviene recurrir una decisión negativa de Google

Entre los factores que deben valorarse se encuentran los argumentos legales establecidos por Google conforme al RGPD y la jurisprudencia europea, la antigüedad de los hechos y su relevancia actual, el impacto en la vida personal, profesional o reputacional del afectado, y la posibilidad de aportar nuevas pruebas o documentación adicional. Cuando el recurso está bien construido, se trata de un modo eficaz de lograr la desindexación.

💡Según nuestra experiencia: En muchos casos, el problema no es la inexistencia del derecho al olvido, sino una solicitud mal planteada desde el punto de vista jurídico, sin una correcta ponderación de derechos fundamentales ni apoyo probatorio suficiente.

Recurso ante la autoridad de protección de datos

Tras un rechazo de Google, el siguiente paso es acudir a la autoridad de protección de datos competente, en función del país del solicitante. Este procedimiento permite que la autoridad administrativa independiente revise la decisión adoptada por Google, analice la ponderación entre derechos fundamentales, y emita una resolución vinculante para el buscador. Por este motivo, es altamente recomendable contar con asesoramiento legal en protección de datos, derecho digital y reputación online.

Última vía el proceso judicial

En determinados supuestos, especialmente en casos con un elevado impacto reputacional, puede ser interesante acudir a la vía judicial para hacer valer el derecho al olvido. Esto suele ocurrir cuando la autoridad de protección de datos desestima la reclamación a través de su resolución, el expediente plantea cuestiones jurídicas relevantes o controvertidas, y el perjuicio personal, profesional o económico es alto.

El Tribunal realizará una valoración personalizada del equilibrio entre el derecho a la protección de datos personales y el derecho a la información.

En casos de rechazo, resulta aconsejable solicitar la opinión de un bufete especializado como Arthur & Marin, que permita determinar si conviene recurrir, ante qué organismo y con qué base y elementos.

¿Existe el derecho al olvido en Google para personas jurídicas?

Una cuestión frecuente es si el derecho al olvido puede ejercerse también por personas jurídicas, como sociedades mercantiles, asociaciones o fundaciones.En sentido estricto, el derecho al olvido está reconocido en el RGPD y por la jurisprudencia europea únicamente a las personas físicas, pues el RGPD protege datos personales vinculados a individuos identificables. De hecho Google indica que evalúa derechos de privacidad de individuos, y se solicita documentación de identidad personal

💡Ahora bien, en la práctica existen vías indirectas para actuar cuando los resultados de búsqueda afectan a una persona jurídica.

En primer lugar, muchas búsquedas sobre empresas incluyen indirectamente datos personales de administradores, fundador, directivos o socios. En estos casos, puede ejercerse el derecho al olvido desde la perspectiva de la persona física, aunque el impacto sea empresarial. Además, cuando los resultados contienen información falsa, inexacta o desactualizada sobre una empresa, pueden utilizarse otros métodos como la propiedad intelectual (copyright, normativa sobre competencia desleal, o directamente acciones por daño reputacional). Por tanto, aunque una persona jurídica no pueda invocar directamente el derecho al olvido del RGPD, es posible diseñar una estrategia de eliminación o mitigación de los resultados negativos. Para más información, revisa nuestro artículo sobre derecho al olvido para empresarios y profesionales.

Checklist de documentos y pruebas

Para que una solicitud de derecho al olvido en Google es importante acreditarla con documentación. En la práctica, muchas solicitudes se rechazan por errores formales (URLs incompletas, búsquedas mal identificadas) o por falta de pruebas. A continuación encontrarás una checklist para revisar en relación con la documentación.

1) Capturas de los resultados de Google con fecha y búsqueda exacta

  • Realiza capturas donde se vea el resultado tal y como aparece en Google.
  • Incluye siempre la fecha (en la propia captura o en el nombre del archivo).
  • Indica el nombre y apellidos completos, y, si procede, variantes habituales (segundo apellido, nombre compuesto, nombre profesional).

Por qué es importante: Google evalúa una búsqueda concreta. Si no queda claro qué consulta genera el resultado, la solicitud puede archivarse.

2) URLs exactas de los resultados

  • Copia y pega la URL completa de cada resultado que solicitas desindexar.
  • Comprueba si existe versión móvil, AMP o subdominio distinto y añádela si también posiciona.
  • Si el mismo contenido aparece replicado en varios sitios o dominios, incluye cada URL por separado.

Error frecuente: indicar solo la página principal del medio en lugar del enlace exacto donde aparece la información.

3) Documentos oficiales o certificados

Cuando el resultado se refiere a hechos pasados que ya no reflejan la situación actual, es aconsejable añadir:

  • Auto de archivo, sobreseimiento, sentencia absolutoria.
  • Resolución administrativa, cancelación de antecedentes
  • Cualquier documento público que confirme que el asunto quedó resuelto.

Valor añadido: estos documentos suelen tener un peso decisivo en la ponderación.

4) Explicación detallado del perjuicio

No basta con afirmar que “perjudica la reputación”. Conviene concretar:

  • Perjuicio laboral: rechazo en procesos de selección, pérdida de clientes, dificultades profesionales.
  • Perjuicio contractual o económico: problemas para alquilar, contratar servicios o cerrar acuerdos.
  • Perjuicio personal o reputacional: estigmatización, exposición innecesaria de datos, impacto desproporcionado.

Siempre que sea posible, vincula el perjuicio al momento actual y explica por qué el resultado ya no es pertinente hoy.

💡 Ejemplo y caso práctico: “Este resultado, de 2016, aparece al buscar mi nombre completo y no refleja que el procedimiento fue archivado. En los últimos meses me ha generado rechazos en procesos de selección, como se acredita en los correos adjuntos.”

Casos prácticos de éxito en derecho al olvido de Google

A lo largo de nuestra práctica profesional hemos gestionado numerosos procedimientos de derecho al olvido ante Google, tanto en fase administrativa como ante autoridades nacionales de protección de datos, e incluso procedimientos judiciales. A continuación exponemos casos reales, que ilustran cómo se aplica el derecho al olvido en la práctica, qué criterios marcan la diferencia, y qué resultados hemos obtenido tras un enfoque correcto.

Caso 1 | Eliminación de noticias judiciales antiguas tras archivo de la causa

Perfil del afectado: Profesional del sector técnico, sin exposición mediática ni proyección pública.

Problema: Al introducir su nombre en el buscador de Google, aparecían varias noticias publicadas hacía más de ocho años relacionadas con una investigación penal que finalmente fue archivada sin formulación de acusación.

Estrategia jurídica aplicada: Se aportó documentación acreditativa del archivo definitivo del procedimiento. La solicitud se fundamentó en la pérdida de relevancia informativa de los hechos, así como en el perjuicio actual que la persistencia de los enlaces generaba en su ámbito profesional. Todo ello se articuló mediante una solicitud estructurada y argumentada desde el punto de vista jurídico.

Resultado: Google estimó la solicitud y los enlaces dejaron de mostrarse en las búsquedas realizadas a partir del nombre del afectado

💡 Valor añadido: Este caso demuestra que la veracidad de una noticia no impide su desindexación cuando ha perdido interés público y genera un daño desproporcionado.

Caso 2 | Derecho al olvido parcial para empresario con exposición mediática

Perfil del afectado: Empresario con presencia dentro de su sector de actividad, aunque sin ostentar cargos públicos ni funciones de relevancia institucional.

Problema: Al realizar búsquedas por su nombre en Google, seguían apareciendo varios resultados relacionados con un problema comercial ocurrido hacía más de diez años. Esta situación estaba afectando negativamente a sus relaciones profesionales con clientes e inversores.

Estrategia jurídica aplicada: La solicitud se planteó de forma selectiva, sin pretender una eliminación indiscriminada de todos los resultados, y se fundamentó en la obsolescencia de la información y en la falta de proporcionalidad entre el interés informativo y el impacto reputacional presente.

Resultado: Google estimó la solicitud, accediendo a eliminar los enlaces solicitados, mientras que mantuvo aquellos no relacionados con la controversia comercial.

💡 Valor añadido: El caso muestra que el derecho al olvido no siempre es todo o nada, y que una buena estrategia puede ser más eficaz.

Caso 3 | Reversión de un rechazo mediante recurso ante la autoridad de protección de datos

Problema: Google rechazó inicialmente la solicitud de derecho al olvido al considerar que existía un interés público en la información mostrada en los resultados de búsqueda.

Estrategia jurídica aplicada: Ante la denegación, se interpuso recurso ante la autoridad de protección de datos. En el marco de dicho recurso, se realizó una revisión de la ponderación efectuada por Google, se aportaron pruebas adicionales y se reforzó la argumentación jurídica mediante el apoyo en jurisprudencia europea (sentencias aplicables al caso concreto).

Resultado: La autoridad de protección de datos estimó la reclamación y ordenó a Google la retirada de los enlaces.

💡 Valor añadido: Este caso pone de manifiesto que un rechazo inicial por parte de Google no cierra el procedimiento y que el recurso administrativo puede resultar determinante cuando se articula sobre una base bien fundamentada.

Caso 4 | Protección de reputación profesional frente a información descontextualizada

Perfil del afectado: Profesional con actividad continuada y trayectoria consolidada en su ámbito profesional.

Problema: Al realizar búsquedas por su nombre en Google, aparecía una sanción administrativa inicial sin que constara que dicha sanción había sido posteriormente anulada. Esta omisión generaba una imagen profesional inexacta y perjudicial, al presentar una información incompleta y descontextualizada.

Estrategia jurídica aplicada: Se aportó documentación acreditativa de la anulación de la sanción y se fundamentó la solicitud en el carácter incompleto y fuera de contexto de la información indexada. Asimismo, se puso especial énfasis en el perjuicio reputacional actual que dicha situación ocasionaba en el ejercicio profesional del afectado.

Resultado: Google estimó la solicitud y procedió a la desindexación de los resultados vinculados al nombre del profesional.

💡Valor añadido: Este caso evidencia que el derecho al olvido no solo resulta aplicable frente a hechos antiguos, sino también frente a información incompleta, desactualizada o carente del contexto necesario para reflejar la realidad actual del afectado.

Caso 5 | Evaluación negativa (caso no viable)

Perfil del solicitante: Persona con exposición pública y presencia relevante en el ámbito informativo.

Problema: El solicitante planteó la posibilidad de eliminar resultados de búsqueda vinculados a hechos recientes que presentaban interés informativa y relevancia pública.

Estrategia aplicada: Se realizó un análisis jurídico del caso, en el que se evaluaron las posibilidades de éxito. Como resultado de dicho análisis, se explicaron los límites del derecho al olvido y la incompatibilidad de la solicitud con la normativa.

Resultado: Tras el asesoramiento, se decidió no presentar la solicitud de desindexación ante Google.

💡 Valor añadido: Este supuesto pone de manifiesto que la verdadera experiencia profesional no solo radica en saber cómo actuar, sino también en identificar cuándo no procede iniciar un procedimiento, evitando gastos y tiempo.

¿La desindexación del derecho al olvido se aplica solo en Europa?

La desindexación del derecho al olvido en Google tiene, con carácter general, un alcance europeo. En la práctica, cuando Google acepta una solicitud, el enlace se elimina de los dominios europeos del buscador (como google.es, google.fr, google.it, etc.) y, además, se aplica un bloqueo geográfico para que los usuarios que realizan la búsqueda desde la Unión Europea no vean ese resultado, incluso si acceden a google.com.

Sin embargo, fuera de la UE el enlace puede seguir siendo visible en el buscador, lo que no supone un incumplimiento según el criterio actual del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Solo en casos excepcionales, debidamente justificados y normalmente tras la intervención de una autoridad de protección de datos o de un órgano judicial, podría plantearse una retirada con efectos más amplios.

Volumen estadístico del “derecho al olvido” en Google (UE)

Para conocer al detalle el alcance del derecho al olvido (y entender por qué Google revisa cada caso de forma individual), es útil mirar las cifras públicas del Google Transparency Report sobre solicitudes de desindexación en la UE. Desde 2014 Google ha desindexado más de tres millones de páginas web en resultados asociados al nombre de una persona en el ámbito europeo.

Como referencia histórica de volumen y tendencia, a mediados de enero de 2017 se reportaban 671.463 solicitudes y 1.852.776 URLs evaluadas, con una tasa de retirada aproximadamente del 43,2% de las URLs procesadas.,

Conclusiones que se desprenden de los datos

  • Crecimiento sostenido del volumen: El salto desde las cifras de URLs deslistadas refuerza que estamos ante un mecanismo consolidado y en crecimiento.
  • Índice de retirada: los porcentajes muestran que Google deniega una parte de las peticiones tras ponderar privacidad vs interés público. Por ello es tan importante contar con asesoramiento profesional.
  • Qué dominios aparecen con frecuencia: en comunicaciones públicas de Google se ha señalado que, entre los dominios que más aparecen en URLs solicitadas, figuran plataformas como Facebook, Badoo, YouTube o Google Groups, y que los países con más solicitudes son Francia, Alemania, Reino Unido, España e Italia.

Protege tu reputación con una solicitud que marque la diferencia

En el derecho al olvido, la diferencia entre el éxito y el rechazo suele estar en cómo se analiza y se argumenta jurídicamente la solicitud desde el inicio. El derecho al olvido no es automático, exige valorar el interés público, la antigüedad de la información, la situación del afectado y el impacto real en su vida. Una solicitud bien planteada permite evitar errores y maximizar las probabilidades de éxito. Por ello, antes de iniciar cualquier trámite o recurrir una decisión de Google, resulta necesario contar con el asesoramiento de nuestros especialistas en Derecho de la Unión Europea, y definir la estrategia más adecuada.

Contáctanos sin compromiso al correo info@arthurmarin.com o al teléfono +32 465 345 345 para proteger tu información y reputación.

‼️ Cuanto más tiempo permanece tu información en Google, mayor es el impacto negativo en tu reputación.

Preguntas frecuentes (FAQ) | Derecho al olvido en Google

1) ¿Qué es exactamente el derecho al olvido en Google?

Es el derecho a solicitar que determinados enlaces dejen de aparecer en los resultados de Google cuando se busca tu nombre, si esos resultados contienen datos personales y su difusión resulta obsoleta, irrelevante o desproporcionada.

2) ¿El derecho al olvido borra el contenido de Internet?

No se elimina el contenido de la web original (por ejemplo, una noticia en un periódico digital). Lo que se consigue es la desindexación, que el enlace no aparezca en Google cuando se busca tu nombre.

3) ¿En qué casos suele aceptarse una solicitud?

Suele haber más probabilidades cuando la información es antigua, ha perdido relevancia, está fuera de contexto, es inexacta, o cuando el daño reputacional actual es desproporcionado y no existe interés público.

4) ¿Cuándo puede Google rechazar legalmente el derecho al olvido?

Google puede rechazarlo si hay interés público actual, si eres una persona con proyección pública, si la información es reciente, o si está ligada a actividades profesionales relevantes para terceros (por ejemplo, consumidores o clientes).

5) ¿Cuánto tarda Google en responder a una solicitud?

No existe un plazo único. En la práctica, Google suele responder en semanas, aunque el tiempo depende de la complejidad del caso y de la documentación aportada.

6) ¿Qué necesito para solicitarlo correctamente?

Como mínimo, necesitas las URLs exactas que quieres retirar, indicar qué búsqueda por tu nombre muestra esos resultados, pruebas/capturas y documentación de apoyo si existe (por ejemplo, cancelación de antecedentes, certificados oficiales, sentencias judiciales, etc.), y una buena argumentación jurídica.

7) ¿Puedo solicitar el derecho al olvido si la información es verdadera?

Sí, en algunos casos. Que sea verdadera no significa que deba permanecer indefinidamente visible en buscadores. Si ha perdido relevancia, es antigua o su difusión es desproporcionada, puede proceder la desindexación.

8) ¿Se elimina el resultado en todos los países?

No siempre. Habitualmente la desindexación se aplica dentro de la UE. Dependiendo del caso, el enlace podría seguir apareciendo en búsquedas fuera de Europa, lo que puede requerir otros mecanismos adicionales.

9) ¿Existe el derecho al olvido para personas jurídicas (empresas)?

No en sentido estricto. El derecho al olvido se reconoce para personas físicas. Sin embargo, una empresa puede actuar indirectamente cuando los resultados incluyen datos personales de directivos, administradores o mediante otras vías legales.

10) ¿Qué pasa si el resultado aparece cuando buscan mi nombre y apellidos, pero no si buscan solo mi apellido?

Es habitual. El derecho al olvido se valora, sobre todo, cuando el resultado aparece asociado a una búsqueda que identifica a la persona (normalmente nombre y apellidos, o una combinación equivalente). Si solo aparece con tu nombre completo, puede reforzar tu solicitud, porque demuestra que el enlace se activa cuando la búsqueda te identifica de forma más precisa.

11) ¿Puedo pedir el derecho al olvido si el enlace aparece por mi nombre en Google Imágenes o en “Noticias”?

Sí, puede solicitarse cuando el resultado (imagen o noticia) implica tratamiento de datos personales y aparece al buscar tu nombre. En la práctica, se aborda igual. No obstante, en Imágenes suele ser clave identificar la URL de la imagen y de la página origen, y en Noticias influye mucho la actualidad y el interés público.

12) ¿Se puede aplicar el derecho al olvido a enlaces de redes sociales (Facebook, X, LinkedIn, Instagram) que aparecen en Google?

Sí, si esos enlaces contienen datos personales y aparecen al buscar tu nombre, puedes pedir la desindexación en Google. Ahora bien, si el contenido sigue visible en la red social, puede seguir siendo accesible dentro de la propia plataforma. En muchos casos, la mejor estrategia es solicitar a Google la desindexación, y gestionarlo dentro de la red social (privacidad, retirada, o denuncia si procede).

13) ¿Es mejor pedir primero al medio que retire o actualice la noticia antes de solicitarlo a Google?

Depende del caso, pero muchas veces es recomendable. Si el medio corrige, actualiza o retira el contenido, el problema suele resolverse de forma más completa (porque no solo desaparece de Google). Sin embargo, si el medio no coopera, tarda o la noticia es desproporcionada, puede ser razonable acudir directamente a Google.

14) ¿Qué documentos aumentan más las probabilidades de éxito?

Los que acreditan hechos objetivos y reducen el margen de interpretación. En general, ayudan mucho:

  • Sobreseimiento o sentencia (si hay procedimiento judicial).
  • Certificados oficiales (p. ej., cancelación cuando sea aplicable).
  • Resoluciones administrativas que anulan sanciones.
  • Rectificaciones/publicaciones actualizadas del medio.
  • Pruebas de inexactitud (por ejemplo, que falta un desenlace relevante).

Además, siempre conviene aportar capturas del resultado y explicar el perjuicio actual de forma concreta y verificable.

15) ¿Qué hago si el contenido se republica en otra web después de que Google lo retire?

Esto pasa con frecuencia (replicación, agregadores, re-publicaciones). La respuesta es actuar por capas:

  1. identificar la nueva URL y solicitar de nuevo la desindexación para ese enlace;
  2. si es copia ilícita o inexacta, requerir al nuevo editor (retirada/rectificación);
  3. si hay reiteración, valorar acciones legales o una estrategia más amplia.

La retirada previa no “bloquea” automáticamente futuras republicaciones.

16) ¿Puede Google eliminar resultados si la información es correcta pero aparece con mi foto o me vincula a otra persona?

Sí. Aunque la información sea correcta, si el resultado te identifica erróneamente (confusión de identidad) o asocia tu foto o nombre a hechos de un tercero, hay base para solicitar desindexación por inexactitud o descontextualización. En estos casos, es importante aportar pruebas claras de la confusión (por ejemplo, datos identificativos, diferencias de persona, enlaces correctos, etc.).

17) ¿Cómo afecta el derecho al olvido a reseñas negativas o comentarios en foros? ¿Se pueden eliminar?

Depende. Las reseñas y foros suelen implicar dos escenarios. Opiniones negativas pero legítimas, donde aquí es más difícil. Si existe interés para consumidores y no hay vulneración de derechos, Google puede rechazar la desindexación. En cualquier caso, cuando aparecen datos personales innecesarios (dirección, DNI, teléfono) o hay suplantación de la identidad, es muy probable. Y por otro lado contenido ilícito o falso (insultos, datos personales, amenazas) suele ser eficaz.

18) ¿Se puede pedir el derecho al olvido solo por apellidos o por nombre artístico?

Sí, es posible solicitar la desindexación por apellidos, por nombre y un solo apellido o por nombre artístico, profesional o alias, siempre que esa sea la forma habitual en la que el resultado aparece y se identifica a la persona.

19) ¿Se puede desindexar un enlace del BOE o de un diario oficial?

En general, es difícil. Los enlaces procedentes del BOE u otros diarios oficiales gozan de un interés público reforzado, ya que cumplen una función de publicidad y seguridad jurídica. No obstante, la desindexación no es imposible.

20) ¿Qué pasa si hay varias personas con el mismo nombre (confusión de identidad)?

Si un resultado se asocia erróneamente a una persona por compartir nombre y apellidos con otra, es importante explicarlo y aportar pruebas de que el contenido no se refiere al solicitante. En estos casos, Google suele valorar favorablemente la desindexación para evitar que una persona sea injustamente vinculada a hechos ajenos. La importante es demostrar que la búsqueda por ese nombre conduce a una identificación incorrecta.

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