Desde el 13 de septiembre de 2026, la importación en la Unión Europea de determinadas preparaciones lácteas, productos pesqueros y moluscos estará sometida a nuevas condiciones sanitarias. El Reglamento Delegado (UE) 2026/1304 amplía los códigos aduaneros y las exigencias relativas al país de procedencia, los establecimientos autorizados, los controles de residuos y los certificados oficiales añadiendo nuevos requisitos para importar productos lácteos y pesqueros en la UE.
Para importadores, fabricantes, representantes aduaneros y operadores logísticos, la reforma obliga a revisar cada producto antes de la expedición. En este artículo explicamos qué mercancías están afectadas, qué excepciones pueden aplicarse y qué documentación debe comprobarse para reducir el riesgo de retención en frontera.
¿Qué cambia con el Reglamento Delegado (UE) 2026/1304?
El nuevo Reglamento modifica el Reglamento Delegado (UE) 2022/2292, que completa el régimen de controles oficiales previsto en el Reglamento (UE) 2017/625. Los cambios se concentran especialmente en cinco ámbitos, a saber:
- Ampliación de los códigos aduaneros comprendidos en las condiciones de entrada;
- Exigencia de procedencia para los países autorizados en las nuevas categorías;
- Inclusión de determinados productos en el régimen sobre residuos y contaminantes;
- Ampliación de las obligaciones relativas a los establecimientos autorizados y certificados;
- Exclusión de ciertos moluscos y otros invertebrados marinos en los planes de residuos, salvo determinadas producciones de acuicultura terrestre.
| Dato clave | Qué significa para la empresa |
| Fecha de entrada en vigor | Las nuevas condiciones se aplican desde el 13 de septiembre de 2026 |
| Productos afectados | Determinadas preparaciones lácteas y pesqueras, incluidas algunas mercancías de las partidas 2103 y 2106, así como ciertos moluscos y otros invertebrados marinos |
| Comprobaciones principales | Código NC, origen sanitario, autorización del país, establecimientos, residuos y certificado oficial |
| Riesgo | Que la partida no pueda superar el control fronterizo por una incompatibilidad material o documental |
| Actuación recomendada | Revisar el catálogo, los proveedores y los modelos de certificado antes de la expedición |
La finalidad de la reforma es someter productos comparables a garantías sanitarias comparables, aunque se comercialicen como salsas, mezclas u otras preparaciones alimenticias
Resumen de las nuevas obligaciones
La reforma no crea desde cero un sistema de importación distinto. Lo que hace es ampliar varias obligaciones ya existentes a nuevas categorías de productos. Para las empresas, esto significa que una operación que hasta ahora se tramitaba con una determinada documentación puede necesitar una revisión adicional desde septiembre de 2026.
| Materia | Situación anterior | Desde el 13 de septiembre de 2026 |
| Códigos aduaneros | Algunas preparaciones lácteas o pesqueras no aparecían de forma uniforme en todas las disposiciones | Se añaden determinadas mercancías, con especial atención a preparaciones incluidas en las partidas 2103 y 2106 |
| País o región autorizada | La exigencia no alcanzaba de la misma manera a todas las preparaciones | Las nuevas categorías deben proceder de un país o región autorizado para el producto concreto |
| Establecimientos | Algunas preparaciones no quedaban incluidas de forma uniforme en las reglas de listado | Se amplía la exigencia de utilizar plantas, buques o almacenes autorizados cuando corresponda |
| Residuos | Los planes de control no cubrían de forma equivalente todas las categorías | Se extienden las garantías relativas a medicamentos veterinarios, contaminantes y pesticidas |
| Certificación | Algunas mercancías no estaban incluidas en la obligación de certificación oficial | Se amplían las categorías que deben viajar acompañadas del certificado aplicable |
| Moluscos y otros invertebrados | La excepción relativa a determinados planes de residuos tenía un alcance más limitado | Se amplía la excepción, pero no a los animales criados en determinadas instalaciones terrestres |
Por tanto, no basta con comprobar si el producto ya se importaba antes. También hay que revisar si la reforma ha cambiado el tratamiento jurídico de su código, su categoría o su método de producción.
¿Qué productos están afectados por las nuevas condiciones sanitarias?
El Reglamento no afecta a todos los alimentos ni a todos los productos lácteos, pesqueros o moluscos. Su aplicación depende de la composición, el proceso de elaboración, la presentación comercial y la clasificación aduanera de cada mercancía.
Preparaciones alimenticias basadas en productos lácteos
La reforma incluye determinadas preparaciones que contienen productos lácteos y que antes no aparecían. Ahora bien, la presencia de leche, suero, mantequilla o leche en polvo no significa que el producto quede sometido a todas las nuevas condiciones. Primero debe determinarse si se trata de un producto de origen animal, un producto compuesto o una preparación. También es necesario analizar la función del ingrediente lácteo y el tratamiento que haya recibido.
💡 Por ejemplo, no debe analizarse de la misma manera un producto lácteo listo para el consumo que una mezcla alimenticia formada por ingredientes vegetales y una pequeña proporción de producto lácteo.
Preparaciones a base de productos pesqueros
En segundo lugar, el cambio afecta especialmente a determinadas mercancías clasificadas en las partidas SA 2103 y 2106. La partida 2103 comprende, entre otros productos, ciertas salsas, preparaciones para salsas y condimentos. Por tanto, no todos los productos incluidos en ellas pasan a ser productos pesqueros. Lo importante es comprobar si la mercancía contiene una preparación de origen animal basada en productos de la pesca.
💡 Por ejemplo, pueden quedar afectadas determinadas salsas, extractos o mezclas con una base pesquera. Así, una salsa con extracto de pescado, una pasta condimentaria con una base pesquera o una mezcla alimenticia con proteínas de pescado pueden necesitar un análisis distinto de una salsa exclusivamente vegetal, aunque compartan la misma partida general.
Moluscos y otros invertebrados marinos
La norma también se refiere a moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos, ya sean vivos, refrigerados, congelados o transformados. En este grupo, el método de producción es especialmente importante. También debe determinarse si los animales fueron recolectados o criados en el medio marino o si proceden de una instalación de acuicultura situada en tierra. Esta diferencia determina si puede aplicarse la excepción relativa a determinados requisitos sobre residuos, que veremos más adelante.
Cómo saber si un producto está incluido
Para realizar una primera evaluación conviene responder, en orden, a cinco preguntas.
1. ¿Qué contiene realmente el producto?
Debe revisarse la receta, la ficha técnica y el porcentaje de ingredientes de origen animal. Una denominación como “salsa asiática”, “mezcla proteica” o “preparado nutricional” puede ocultar, desde el punto de vista regulatorio, la presencia de pescado, leche en polvo, suero u otros ingredientes relevantes. Además, interesa conocer la función de esos ingredientes. No es lo mismo un componente principal que un ingrediente utilizado en una proporción mínima. Esta información puede influir en la clasificación y en el régimen sanitario.
2. ¿Cuál es el código NC o SA correcto?
Deben valorarse la composición, el proceso de elaboración, la presentación, el envasado, el destino para consumo humano y las reglas de la Nomenclatura Combinada. Si existen dudas relevantes, puede solicitarse una información arancelaria vinculante. Arthur & Marin asesora en Derecho de Aduanas a empresas importadoras y exportadoras, incluida la revisión de códigos y documentos de comercio exterior.
3. ¿Es un producto de origen animal o un producto compuesto?
Un producto compuesto combina ingredientes de origen vegetal con productos de origen animal. Esta calificación puede modificar los controles y las condiciones aplicables al componente lácteo o pesquero. Es por ello, que debe comprobarse si los ingredientes de origen animal ya están transformados, cómo se incorporan al producto y qué tratamiento recibe la mezcla.
4. ¿Cuál es el origen sanitario de los ingredientes?
El país desde el que se envía la mercancía no siempre coincide con el país en el que se obtuvo o transformó el ingrediente de origen animal. Una preparación puede fabricarse en un país utilizando leche en polvo o pescado procedente de otro. La revisión debe reconstruir esa cadena cuando sea necesario. Además, el origen sanitario no debe confundirse con el origen aduanero o preferencial. Un producto puede cumplir las reglas para beneficiarse de una reducción arancelaria y, sin embargo, no reunir las condiciones sanitarias de entrada. Puede consultarse nuestra guía sobre cómo demostrar el origen preferencial.
5. ¿Qué establecimientos han intervenido?
El proveedor que emite la factura puede ser diferente de la planta de producción, el almacén frigorífico, el buque congelador o el establecimiento que elaboró el ingrediente de origen animal. Por eso, la comprobación no debe limitarse al vendedor final. Cuando la categoría esté sujeta a listado, será necesario identificar las instalaciones y verificar que su actividad autorizada coincide con la operación realizada.
Controles que deben realizarse antes del embarque
Una vez identificado el producto, la empresa puede revisar las condiciones de entrada. Nuestra guía sobre cómo importar desde fuera de la Unión Europea ofrece una visión de los documentos aduaneros y comerciales que suelen intervenir.
Verificar el país o región autorizada
El primer control consiste en confirmar si el tercer país o la región puede exportar esa categoría concreta a la Unión. La autorización no es general, pues que un país pueda exportar determinados productos pesqueros no significa que pueda exportar todas las preparaciones que contienen pescado. Antes de contratar o embarcar, conviene comprobar la categoría, la vigencia del listado y las condiciones o tratamientos específicos que puedan imponerse. Esa información debe ser coherente con el certificado, la factura, el etiquetado y la declaración aduanera.
Comprobar los establecimientos, buques y almacenes
En primer lugar, el país debe estar admitido para el producto. En segundo lugar, cuando la normativa lo exige, también deben figurar en las listas europeas las plantas, buques o almacenes que hayan intervenido. Por último, en el sector pesquero pueden resultar relevantes las plantas situadas en tierra, los buques factoría, los buques congeladores, los almacenes frigoríficos y determinados buques frigoríficos.
💡 La revisión debería incluir el nombre, el número de autorización, el país y la actividad autorizada. El número publicado debe coincidir con el que aparece en el certificado y, cuando corresponda, en la marca de identificación. Un cambio de planta dentro del mismo grupo o una actividad no cubierta puede impedir la entrada de la mercancía.
Revisar los controles sobre residuos, contaminantes y pesticidas
La reforma amplía las garantías relativas a sustancias farmacológicamente activas, contaminantes y residuos de pesticidas. En determinados casos, el acceso al mercado depende de que el tercer país disponga de un plan de control y de que su autoridad competente pueda ofrecer garantías sobre el sistema de producción. Por eso, el importador debería revisar tanto la documentación del proveedor como la situación regulatoria del país para la categoría afectada.
Determinar el certificado oficial aplicable
La reforma amplía las categorías que deben entrar acompañadas de un certificado oficial. Sin embargo, no crea un único certificado nuevo para todos los productos. En cada operación debe identificarse el modelo vigente y comprobarse que corresponde a la mercancía concreta. Deben coincidir la descripción del producto, el código, el peso, el país, los establecimientos, los números de autorización y las declaraciones sanitarias. También debe comprobarse la autoridad que firma o valida el documento y la forma en que se emite. Del mismo modo, un producto conforme puede quedar bloqueado si el certificado contiene un número incorrecto, utiliza un modelo antiguo o contradice la factura.
Preparar la documentación
La empresa debería poder reconstruir la cadena desde los ingredientes hasta la llegada a frontera. Por eso, conviene conservar la ficha técnica, el proceso de elaboración, la clasificación, los documentos de origen, las autorizaciones, los certificados y las comunicaciones con el proveedor. Cuando la empresa trabaja con varios proveedores o importa distintas categorías, un informe jurídico de cumplimiento normativo europeo puede ordenar las obligaciones por producto, responsable y documento y facilitar su aplicación interna. La reforma también amplía los requisitos relacionados con sustancias farmacológicamente activas, contaminantes y pesticidas. El acceso al mercado puede depender de que la autoridad del tercer país pueda ofrecer las garantías exigidas. Cuando la empresa importa distintas categorías de productos o trabaja con varios proveedores, conviene integrar estas comprobaciones en un programa de cumplimiento normativo europeo que asigne responsables, documentos y controles internos.
La excepción para determinados moluscos y productos de la acuicultura
¿Qué productos pueden beneficiarse?
Determinados moluscos bivalvos, equinodermos, tunicados y gasterópodos marinos pueden quedar fuera de los requisitos relativos a los planes de residuos cuando no proceden de animales criados en instalaciones situadas en tierra. La explicación es que muchos de estos animales se obtienen en el medio natural o se crían en condiciones en las que no reciben los piensos, medicamentos u otras sustancias propias de determinados sistemas intensivos. La norma adapta los controles a ese menor riesgo específico.
¿Qué productos quedan fuera de la excepción?
La excepción no se aplica a los animales de acuicultura criados en instalaciones terrestres. Por eso, dos lotes de la misma especie pueden recibir un tratamiento diferente si uno procede del medio marino y el otro de un sistema de producción en tierra. Además, la excepción solo se refiere a determinados requisitos sobre residuos, y no elimina las demás obligaciones sanitarias y de certificación.
¿Cómo debe acreditarse el método de producción?
El importador debería solicitar al productor una declaración sobre el lugar y el método de cría o recolección, y conservar los registros que permitan comprobarla. También conviene que esa información sea compatible con el certificado, la ficha de producto y los documentos comerciales. Si la documentación se limita a indicar “moluscos de acuicultura” o “producto marino”, no es suficiente para determinar si la excepción resulta aplicable.
💡 Es preferible aclarar el método de producción antes de la expedición.
| Supuesto | Aplicación de la excepción |
| Producto pesquero procedente de captura salvaje | Puede beneficiarse de la excepción ya prevista, en los términos aplicables |
| Molusco u otro invertebrado marino no criado en una instalación terrestre | Puede beneficiarse de la nueva excepción |
| Producto de acuicultura criado en una instalación situada en tierra | No se beneficia de la nueva excepción |
| Método o lugar de producción no acreditado | Debe aclararse antes de aplicar la excepción |
¿Cómo se controla la mercancía al llegar a la Unión Europea?
Los productos de origen animal sometidos a controles deben presentarse en un puesto de control fronterizo autorizado. La operación se gestiona, cuando proceda, a través de TRACES, la plataforma europea utilizada para la certificación y el seguimiento de las partidas. Como regla general, el operador responsable debe notificar previamente la llegada y completar la parte que le corresponde del Documento Sanitario Común de Entrada. Después, la autoridad realiza un control documental y puede efectuar controles de identidad y físicos, incluida la toma de muestras cuando resulte necesario.
Si el resultado es satisfactorio, la autoridad valida el documento de entrada y la mercancía puede continuar su recorrido. Si detecta una contradicción, puede inmovilizar la partida mientras solicita aclaraciones.
💡 El puesto de entrada debe elegirse antes del envío y el representante aduanero debe recibir la documentación con tiempo suficiente. El despacho aduanero no sustituye la decisión sanitaria.
¿Quién debe comprobar cada requisito?
El cumplimiento es repartido. Sin embargo, el importador europeo debería coordinar las comprobaciones y asegurarse de que todos utilizan la misma información.
| Interviniente | Responsabilidad práctica | Información o documentos principales |
| Importador europeo | Identificar las reglas, revisar al proveedor y coordinar la operación | Ficha técnica, clasificación, autorizaciones, certificado y expediente de trazabilidad |
| Fabricante o establecimiento extranjero | Producir conforme a las condiciones europeas y facilitar información correcta | Composición, proceso, registros de producción y números de autorización |
| Autoridad del país exportador | Ofrecer las garantías oficiales y emitir o validar los certificados | Certificado oficial y confirmación de las condiciones sanitarias |
| Representante aduanero y operador logístico | Presentar la mercancía conforme a las instrucciones recibidas | Código NC, factura, documentos de transporte y documentos de entrada |
| Puesto de control fronterizo | Realizar los controles oficiales y decidir sobre la entrada | Certificado, documento común de entrada y documentos de la partida |
¿Qué conviene revisar en los contratos?
La reforma también tiene consecuencias contractuales. Así, los contratos y órdenes de compra deberían indicar quién garantiza la composición y la información técnica del producto, quién propone y quién valida la clasificación aduanera, quién comprueba las autorizaciones del país y de los establecimientos, quién obtiene el certificado, y quién asume los costes de inspección, entre otros. El Incoterm acordado puede distribuir determinados costes y riesgos, pero no sustituye las obligaciones regulatorias que correspondan a cada operador. Por eso, la cláusula sanitaria y documental debe coordinarse con el Incoterm y con la legislación aplicable al contrato. Cuando intervienen proveedores y operadores de distintos países, también conviene revisar los contratos internacionales de suministro y distribución para asignar las responsabilidades y los costes derivados de una posible retención.

Ejemplos prácticos para entender las nuevas reglas
Los siguientes casos son orientativos. La solución siempre dependerá de la composición, el código, el origen y la cadena de producción.
Una salsa con extracto de pescado elaborada en una planta no autorizada
Una empresa europea quiere importar una salsa clasificada en la partida 2103. El país de procedencia está autorizado para exportar la categoría correspondiente, pero la planta que elabora la base de pescado no figura en la lista europea. Primero debe estar autorizado el país para exportar el producto y, cuando la normativa lo exige, también debe estar autorizado el establecimiento que lo produce, transforma o almacena. Puede ocurrir que el exportador comercial esté autorizado, pero que la base de pescado proceda de otra planta que no lo esté. También debe comprobarse si la actividad autorizada de cada establecimiento cubre realmente el proceso realizado.
💡 Posible solución: Si la planta debe estar autorizada y no lo está, la solución más segura será utilizar una planta que ya figure en las listas europeas. Otra posibilidad sería que el establecimiento solicite su inclusión a través de la autoridad competente del tercer país.
Un preparado alimenticio con leche en polvo
Un preparado de la partida 2106 contiene ingredientes vegetales y leche en polvo. La factura lo describe simplemente como “preparado nutricional” y el proveedor considera que se trata de un alimento ordinario. La descripción comercial no permite determinar por sí sola el régimen aplicable. Será necesario revisar la proporción de leche en polvo, el tratamiento, el ingrediente lácteo y el proceso de elaboración del producto. Esta calificación puede afectar al país autorizado, a los tratamientos, al establecimiento de procedencia e incluso al certificado.
💡 Posibles soluciones: El importador debería solicitar al proveedor la receta, la ficha técnica, el proceso de fabricación y la identificación del productor del ingrediente lácteo. Con esa información podrá confirmarse el código NC y el régimen sanitario aplicable.
Moluscos procedentes del medio marino
Un importador adquiere un lote de moluscos criado fuera de instalaciones terrestres y pretende aplicar la excepción sobre los requisitos en cuanto a residuos. Sin embargo, la factura solo indica “moluscos de acuicultura” y no explica dónde ni cómo fueron criados. La excepción podría resultar aplicable, pero el importador debe poder demostrar el método de producción. La especie del animal no es suficiente, ya que dos productos de la misma especie pueden recibir un tratamiento diferente dependiendo de si proceden del medio marino o de una instalación de acuicultura.
💡 Posibles soluciones. El proveedor debería facilitar una declaración precisa que identifique el lugar de producción, el sistema de cría y, cuando corresponda, la zona de recolección. Esta información debe poder contrastarse con los registros de trazabilidad, el certificado oficial y los documentos comerciales. También conviene incorporar esta obligación a los contratos y órdenes de compra. El proveedor debería comunicar el método de producción y garantizar que la información facilitada permite determinar si la excepción resulta aplicable. Si no es posible acreditar el método de producción, la opción prudente será no aplicar la excepción.
Un certificado oficial con un número de establecimiento incorrecto
Una partida de productos pesqueros procede de un país y de una planta autorizados. Sin embargo, el certificado oficial contiene un número de establecimiento antiguo o diferente del que aparece en las listas. La autoridad fronteriza debe poder comprobar que el certificado se refiere exactamente a la planta que elaboró la mercancía. La coincidencia entre el nombre, el número, la actividad autorizada y el resto de los documentos es importante. También conviene comprobar si el proveedor ha cambiado de razón social, domicilio o establecimiento de producción.
💡 Posibles soluciones. Lo más seguro es revisar un borrador del certificado antes de que la autoridad del tercer país lo firme. Si se detecta el error en ese momento, puede emitirse el documento con la información correcta sin retrasar la llegada de la partida.
Un cambio de planta o almacén después de confirmar el pedido
Una empresa compra pescado congelado a un proveedor habitual. La planta de producción figura correctamente en las listas europeas. Sin embargo, pocos días antes del embarque, el proveedor traslada la mercancía a otro almacén frigorífico debido a un problema logístico. Ese almacén no aparece en la documentación revisada inicialmente y el importador no sabe si está autorizado. Este tipo de cambio es frecuente en operaciones internacionales. El problema es que la revisión realizada al confirmar el pedido puede dejar de ser válida si posteriormente cambia la planta, el buque, el almacén, el origen de los ingredientes o incluso la receta del producto.
💡 Posibles soluciones. Si el almacén debe estar autorizado y no lo está, el proveedor debería devolver la mercancía a una instalación autorizada o utilizar otro almacén que figure en las listas europeas. Todos los movimientos deberán quedar documentados y reflejarse en el certificado cuando corresponda.
¿Qué ocurre si la mercancía no cumple?
Si la autoridad no puede comprobar el cumplimiento, puede retener la mercancía y solicitar información adicional. Durante ese tiempo se generan normalmente costes de terminal, almacenamiento, demoras, contenedor y servicios del puesto de control. Cuando el problema no puede corregirse, la autoridad puede denegar la entrada. Dependiendo de las circunstancias y del riesgo, pueden plantearse diversas soluciones. En general, la respuesta dependerá de los hechos, del Estado miembro y de si se trata de un error subsanable, una negligencia o una conducta intencionada. El impacto comercial puede ser incluso mayor que una sanción. Una retención puede romper la cadena de frío, retrasar entregas y provocar reclamaciones entre comprador, vendedor, transportista y representante aduanero. En la guía sobre productos retenidos en la aduana explicamos cómo actuar desde el primer momento.
¿Su empresa importa productos lácteos, pesqueros o moluscos?
Si su empresa importa estos productos desde terceros países, es recomendable revisar las nuevas condiciones sanitarias antes de confirmar el pedido o autorizar el embarque. Un error en el código aduanero, el origen, la autorización del establecimiento o el certificado puede provocar la retención o denegación de entrada de la mercancía.
Asesoramos a importadores, fabricantes, distribuidores, agentes aduaneros y operadores logísticos en Derecho Regulatorio, Derecho Aduanero y Derecho de la Unión Europea. Podemos revisar sus productos y proveedores, comprobar la documentación aplicable y proponer soluciones para reducir los riesgos antes de que la partida llegue a frontera.
Contacte con Arthur & Marin para solicitar una revisión preventiva de sus importaciones o recibir asistencia ante una mercancía retenida. Puede escribirnos a info@arthurmarin.com, llamarnos al +32 465 34 53 45 o utilizar nuestro formulario de contacto.
Preguntas frecuentes sobre el Reglamento (UE) 2026/1304
¿Cuándo entran en vigor las nuevas condiciones?
El Reglamento entra en vigor el 13 de septiembre de 2026 y se aplica directamente en todos los Estados miembros.
¿Afecta a todos los productos lácteos y pesqueros?
No. Afecta a determinadas categorías y códigos. Cada producto debe analizarse según su composición, clasificación, proceso y cadena de establecimientos.
¿Qué importancia tienen las partidas 2103 y 2106?
La reforma incorpora determinadas preparaciones clasificadas en esas partidas en varias disposiciones sobre países, establecimientos y certificados. Sin embargo, como son partidas amplias, el código por sí solo no permite concluir que todo producto esté afectado.
¿Cuál es la diferencia entre el origen sanitario y el origen aduanero?
El origen sanitario se relaciona con las garantías de salud pública, el país autorizado y la cadena de producción. El origen aduanero determina a qué país se atribuye la mercancía para aplicar medidas comerciales o arancelarias. Pueden coincidir, pero responden a preguntas distintas.
¿El establecimiento exportador debe estar autorizado?
Sí, cuando la categoría esté sujeta a listado. Además, pueden ser relevantes varias instalaciones de la cadena, no solo el vendedor final.
¿Se exige un nuevo certificado sanitario?
Se amplía la obligación de presentar un certificado oficial, pero no se crea un único modelo para todos los productos. Debe identificarse el certificado correspondiente a cada categoría y utilizarse su versión vigente.
¿Los moluscos quedan exentos de todos los controles?
No. La excepción solo afecta a determinados requisitos adicionales sobre residuos. Las demás obligaciones sanitarias, documentales y fronterizas continúan siendo aplicables.
¿La excepción se aplica a la acuicultura en tierra?
No cuando los animales se crían en las instalaciones terrestres excluidas por la norma. Por ello, debe acreditarse cómo y dónde se produjo la mercancía.
¿Una partida puede quedar retenida por un error documental?
Sí. Un error en el código, el establecimiento o el certificado puede impedir que la autoridad compruebe el cumplimiento, aunque la mercancía no presente aparentemente un problema sanitario.
Fuentes oficiales
- Reglamento Delegado (UE) 2026/1304.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/2292.
- Reglamento (UE) 2017/625 sobre controles oficiales.
- Reglamento (CE) n.º 853/2004.
- TRACES.
- Listas europeas de países y establecimientos autorizados.
Redactado y revisado por Diego Espinosa, abogado inscrito en los Colegios de Abogados de Bruselas y España, especializado en Derecho de la Unión Europea, Derecho Regulatorio y comercio internacional.