Reglamento (UE) 2025/258 | Implicaciones en el sector del transporte

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El Reglamento (UE) 2025/258 introduce cambios para los vehículos pesados y medios, como camiones y autobuses, con el objetivo de reducir las emisiones contaminantes y avanzar hacia tecnologías más limpias en el transporte por carretera. A partir de ahora, tanto los fabricantes como las autoridades nacionales deberán implementar un sistema de verificación de emisiones más riguroso, que refleje con precisión el consumo y la eficiencia energética.

Además, el reglamento amplía su alcance para incluir vehículos que funcionan con hidrógeno y otras tecnologías innovadoras, reafirmando el compromiso de la Unión Europea con la movilidad sostenible. En este artículo, te explicamos qué cambios trae el Reglamento (UE) 2025/258 y cómo impactará a las empresas. Ya seas fabricante, parte de una empresa de transporte, o trabajes de manera indirecta en el sector automovilístico, conocer los nuevos requisitos de la normativa europea te permitirá anticiparte y alinearte con los objetivos de descarbonización de la UE.

Contexto y antecedentes del Reglamento (UE) 2025/258

Durante la última década, la Unión Europea ha estado trabajando en una estrategia para disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero en el sector del transporte. En este marco, el Reglamento (UE) 2017/2400 estableció un sistema unificado para calcular las emisiones de CO₂ y el consumo de combustible de los vehículos industriales pesados. Sin embargo, la llegada de nuevas tecnologías requería una revisión del marco normativo.

Por eso, la Comisión Europea, apoyándose en el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), ha adoptado el Reglamento (UE) 2025/258 con el fin de actualizar las normas a la evolución del mercado. Esta actualización permite que los cálculos de emisiones incluyan vehículos impulsados por hidrógeno y otras fuentes de energía alternativas. Además, el reglamento introduce modificaciones en el Reglamento (UE) nº 582/2011 para facilitar la extensión de las homologaciones de tipo UE. Esta nueva regulación se alinea por tanto con los objetivos del Pacto Verde Europeo y el paquete “Objetivo 55”.

Objetivos principales del Reglamento (UE) 2025/258

El Reglamento (UE) 2025/258 modifica el régimen de transporte por carreteras. A continuación se detallan sus objetivos principales:

Armonizar los procedimientos de certificación en toda la Unión Europea

Cabe mencionar que el Reglamento busca establecer un marco que permita que un mismo vehículo obtenga una certificación válida en cualquier país de la UE. Así, se evita que un camión o autobús tenga que cumplir con criterios diferentes según la región. Este objetivo se logra mediante modificaciones en el Reglamento (UE) 2017/2400 y del Reglamento (UE) n.º 582/2011, garantizando que se apliquen los mismos parámetros en todos los Estados miembros.

Incorporar nuevas tecnologías de propulsión, especialmente el hidrógeno

El Reglamento presenta por primera vez el concepto de vehículos que funcionan con hidrógeno, además de establecer parámetros que permiten medir de manera precisa el consumo energético y las emisiones. Esto significa que los fabricantes ahora podrán certificar vehículos de hidrógeno dentro de la UE, algo que antes no era posible. Gracias a esto, el reglamento fomenta la transición hacia tecnologías de cero emisiones o muy bajas emisiones en el transporte por carretera.

Asegurar mediciones más precisas y representativas

El reglamento actualiza la forma en que se realizan las pruebas para que los valores que los fabricantes declaran se ajusten mejor a las condiciones reales de uso. Para lograr esto se permite el uso de CFD (dinámica de fluidos computacional) para analizar la aerodinámica de los vehículos. Además se mejoran los procedimientos para asegurar que lo que se certifica realmente coincide con lo que se produce.

Certificación de nuevos componentes

El reglamento presenta un sistema de certificación que se centra en elementos (piezas del vehículo como las certificaciones de extremidades de rueda eficientes) para disminuir las pérdidas por fricción y, en consecuencia, reducir el consumo energético del vehículo. Hasta ahora, esto no había sido evaluado ni influía en el valor oficial de las emisiones del vehículo. Con la nueva normativa, si esto logra mejorar la eficiencia energética, el fabricante podrá reflejar esa mejora en los valores certificados de CO₂ y consumo, fomentando la innovación tecnológica tanto en proveedores como en fabricantes.

Control administrativo y seguridad jurídica

El reglamento, a la vez que impone diversas obligaciones al fabricante, también preve sanciones en caso de incumplimiento. En el caso del fabricante no cumpla con los requisitos de certificación, los certificados de conformidad pierden efecto, impidiendo la matriculación o comercialización del vehículo, garantizando así que no lleguen al mercado vehículos que no garantizan la fiabilidad de sus valores de emisiones.

Sujetos afectados: empresas, proveedores y autoridades

El Reglamento (UE) 2025/258 impone obligaciones a todos los actores que participan en la homologación en la Unión Europea. En relación a los fabricantes de vehículos (camiones, autobuses y autocares), están obligados a certificar los valores de emisiones de CO₂ y de consumo energético.

Asimismo, quedan afectadas las empresas proveedoras de componentes, cuyos productos influyen directa o indirectamente en el consumo energético del vehículo. A diferencia de la regulación anterior, se convierten en sujetos obligados y han de aportar certificados del componente y han de asegurarse los niveles de trazabilidad técnica de la documentación.

⚠️ Advertencia: En el caso de que un proveedor entregue un componente sin una certificación válida, el fabricante (o bien su responsable de la comercialización) no obtendrá un certificado de conformidad del vehículo; de esta forma, el fabricante no podrá comercializarlo en el territorio de la Unión Europea.

Igualmente, el Reglamento se aplica también a las autoridades nacionales de homologación y a los servicios técnicos. Las autoridades pasan a ser responsables de comprobar que la información declarada por los fabricantes y proveedores cumple con la normativa y, si no es así, pueden suspender la homologación o impedir la matriculación del vehículo. El Reglamento fomenta el intercambio de información entre Estados miembros, lo cual impide que un fabricante intente homologar en un Estado miembro para después comercializar en otro sin cumplir la normativa.

Por último, los efectos del Reglamento también afectan indirectamente a los consumidores y a las empresas de logística, como veremos a continuación. El resultado, son vehículos más eficientes, e información más transparente sobre las emisiones. El Reglamento pretende otorgar mayor información (fiable) a los consumidores a la hora de adquirir un vehículo, para luchar contra el greenwashing (de acuerdo con la Directiva (UE) 2024/825).

En resumen, el Reglamento (UE) 2025/258 crea una cadena de obligaciones de cumplimiento que afecta a todos los agentes del mercado: los fabricantes, los proveedores, las autoridades y los usuarios finales. Por ello, la homologación deja de ser un trámite para convertirse en un mecanismo de responsabilidad compartida en el mercado de la Unión Europea.

Impacto práctico y aplicación del Reglamento (UE) 2025/258

El Reglamento (UE) 2025/258 tiene un impacto directo en las empresas, en los derechos de los consumidores y en las administraciones públicas, como veremos a continuación.

Impacto en las empresas de la Unión Europea

Las empresas —fabricantes de vehículos, proveedores de componentes y empresas logísticos— son las principales afectadas por la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2025/258. En primer lugar, los fabricantes de vehículos deben adaptar su proceso de homologación para incluir nuevos parámetros técnicos: hidrógeno, carga dinámica y certificación obligatoria de componentes (como los wheel endsCertificación de extremidades de rueda eficientes).

Esto implica inversiones en ingeniería, ensayos y actualización de la documentación. Cuando se utilice simulación CFD, el fabricante estará obligado a justificar el método y asumir controles de verificación durante la producción en serie; si los valores reales no coinciden con los declarados, el certificado de conformidad se invalida y el vehículo no podrá matricularse.

💡 Ejemplo práctico: una empresa que fabrica camiones eléctricos no podrá vender unidades en otro Estado miembro sin aportar la ficha técnica completa y los certificados exigidos por el nuevo reglamento.

Además, los proveedores pasan a ser parte del procedimiento de homologación. Deberán certificar sus componentes si quieren que los fabricantes los utilicen para mejorar los valores oficiales de emisiones. Se convierten, de facto, en agentes obligados en el marco regulatorio.

Consecuencias para los consumidores

Aunque el Reglamento va dirigido a la industria principalmente, tiene efectos para las personas consumidoras y las empresas de transporte o de renting. Los valores que se declaran de consumo de combustible y de emisiones serán más fiables, comparables entre los distintos fabricantes y, constatables a partir de la documentación técnica.

Esto quiere decir mayor transparencia a la hora de seleccionar un vehículo. El usuario podrá establecer comparativas entre distintos modelos y hacer decisiones económicas basándose en datos reales, pues en principio de debería habrá disparidades entre el consumo «declarado» y el consumo «real» en carretera.

Ejemplo práctico: una empresa de transporte que adquiere una flota de camiones de hidrógeno ya sabrá los valores de consumo reales, pues han tenido que ser verificados con anterioridad por el fabricante o proveedor.

Entrada en vigor y disposiciones transitorias

El cumplimiento del Reglamento (UE) 2025/258 será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026. No obstante, se incluyen disposiciones transitorias que permiten a los fabricantes y proveedores solicitar certificaciones antes de esa fecha, especialmente en lo que respecta a la homologación de componentes. Gracias a este período transitorio hasta su aplicación completa, las empresas pueden adelantar certificaciones, adaptarse a la normativa y ponerse al día, para evitar impedimentos en la comercialización o matriculación de vehículos a partir de 2026 (especialmente con la llegada de nuevas tecnologías, como los vehículos de hidrógeno).

💡Consejo útil: El Reglamento incluye una excepción muy favorable para las empresas: desde el 12 de marzo de 2025, los fabricantes y proveedores ya pueden solicitar certificaciones bajo las nuevas disposiciones que son de aplicación.

Durante el período de transición (2025 – 2026), los Estados miembros no podrán rechazar homologaciones que se basen en el nuevo Reglamento (UE) 2025/258. Esto significa que habrá una convivencia legal entre diferentes normativas. Es importante destacar que, a partir del 1 de enero de 2026, ya no se podrán utilizar procedimientos ni valores de la anterior normativa, y solo se aceptarán homologaciones conforme al Reglamento (UE) 2025/258. Si una empresa intenta seguir utilizando certificados antiguos, el Reglamento lo considerará un incumplimiento, y los certificados de conformidad podrían ser declarados no válidos.

Reglamento UE 2025/258 Implicaciones sector del transporte. Camiones y vehículos pesados de hidrógeno.

Sanciones y consecuencias del incumplimiento del Reglamento (UE) 2025/258

Si bien el Reglamento no introduce multas económicas directas, sí que establece sanciones administrativas para asegurar el cumplimiento de la norma, como explicado a continuación.

Pérdida automática del certificado de conformidad

La sanción más importante corresponde al fabricante que no cumple los procedimientos de certificación, documentación técnica o verificación de valores declarados. En ese caso, el certificado de conformidad del vehículo queda sin efecto, y no podrá ser matriculado ni comercializado en ningún Estado miembro.

Ejemplo práctico: Si un fabricante utiliza simulaciones para declarar la aerodinámica de un camión, pero no puede demostrar con ensayos esos datos, el certificado puede ser invalidado y la empresa no podrá vender el vehículo.

Prohibición de matriculación, venta o puesta en servicio dentro de la Unión Europea

Además, el Reglamento permite a los Estados miembros prohibir la matriculación, la comercialización o la puesta en servicio del vehículo en su territorio, si detectan un incumplimiento. En el caso de que un Estado tome esta decisión, el bloqueo se extenderá automáticamente a todos los países de la Unión Europea (lo que supone un riesgo comercial bastante elevado).

💡Ejemplo práctico: Un fabricante entrega un camión con piezas que no están certificadas. Si la autoridad de homologación de un Estado miembro rechaza la documentación, los demás Estados están obligados a aceptar ese rechazo.

La responsabilidad del proveedor en componentes o piezas

El Reglamento trae consigo un cambio importante que afecta a la cadena de suministro. Si un componente influye directamente en el consumo o en las emisiones de un vehículo pesado, debe contar con una certificación individual. Si el proveedor no se encarga de certificar esta pieza o componente, el fabricante no podrá usar ese componente en su vehículo para mejorar los valores de consumo o eficiencia, y por lo tanto podrá prohibirse la venta del vehículo. Esto obliga a los fabricantes y proveedores a renegociar contratos para incluir cláusulas precisas sobre certificación, valores y sistemas de trazabilidad.

Ejemplo práctico: Un proveedor ofrece unas piezas que prometen reducir el consumo del vehículo en un 3%. Sin la certificación de esa pieza, ese 3% “no cuenta” para la UE, el fabricante no puede declararlo y pierde competitividad frente a otros que sí utilizan componentes certificados.

Cooperación administrativa entre Estados miembros

El Reglamento (UE) 2025/258 introduce el principio de «cooperación administrativa» entre las autoridades de homologación de todos los Estados miembros. Esto significa que si una autoridad detecta un incumplimiento, debe informar a todos los demás países de la UE.  Asimismo, si un Estado anula una certificación, esta se considera inválida en toda la UE. Por lo tanto, ningún fabricante podrá homologar en un país y vender en otro diferente si se detecta un incumplimiento.

Esta novedad se basa en que antes, algunos fabricantes buscaban homologar en países con procedimientos más laxos. Ahora, todas las autoridades están al tanto de la misma información sobre incumplimientos. Por tanto, las empresas deben revisar los procedimientos internos para cumplir con el Reglamento (UE) 2025/258, así como su cadena de suministro, sistemas de certificación y documentación técnica.

Cómo cumplir con el Reglamento (UE) 2025/258 | Checklist para empresas

A continuación, te presentamos una lista de con acciones concretas:

Identificar los componentes que necesitan certificación

El primer paso es identificar si los componentes que afectan el consumo o las emisiones requieren una certificación individual. Si un componente influye en los valores declarados para el cálculo de emisiones, seguramente requieran de una certificación específica. En esta fase, a menudo surge una pregunta: ¿Mi componente necesita certificación? Si la respuesta es “sí”, entonces se deberá solicitar al proveedor toda la documentación necesaria.

Asegurar la trazabilidad de los datos

El Reglamento exige que toda la información utilizada en la homologación sea trazable. Esto significa que se debe elaborar un expediente que permita a la autoridad verificar cómo se obtuvieron los resultados, datos del componente, condiciones de ensayo, simulaciones y producción.

¿Dispongo de toda la documentación técnica necesaria para demostrar los valores que he declarado? Si la respuesta es “no”, la empresa podría arriesgarse a perder la homologación del vehículo.

Validar las simulaciones antes de utilizarlas en la certificación y en la cadena de producción

El Reglamento introduce por primera vez la posibilidad de utilizar la simulación aerodinámica en lugar de ensayos físicos, pero con la condición de que los resultados sean reales, no pudiendo usarse simulaciones “estimadas”. Por ello, el fabricante debe asegurarse de que los valores estén correlacionados con ensayos o modelos aprobados.

Actúa ahora para homologar vehículos en la Unión Europea

El Reglamento (UE) 2025/258 afecta directamente a la capacidad de las empresas para fabricar, certificar y comercializar vehículos y componentes en el mercado europeo. Cumplir con esta nueva normativa implica revisar procesos internos, adaptarse, y anticiparse a las nuevas exigencias para la homologación de vehículos o piezas.

Las empresas que actúen rápidamente estarán en una posición privilegiada frente a sus competidores pues podrán certificar antes sus productos, posicionar en el mercado de la Unión Europea y reducir los riesgos comerciales como jurídicos. Si fabricas, compras vehículos pesados o componentes, necesitas actuar. Gracias a nuestros experto en Derecho de la Unión Europea y Derecho Regulatorio, te ayudamos a analizar tu situación y preparar una estrategia para alinearte con el Reglamento (UE) 2025/258, la determinación de las emisiones de CO2 y las homologaciones.

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📍Anticiparse no es opcional. Es la diferencia entre posicionarse en el mercado europeo o quedarse fuera.

Preguntas frecuentes (FAQ) sobre el Reglamento (UE) 2025/258

1. ¿Qué pasa si un componente no está certificado según el Reglamento (UE) 2025/258?

Si un componente que afecta al consumo energético o a las emisiones no está certificado, el fabricante no podrá utilizarlo para obtener la homologación del vehículo, y el camión no podrá comercializarse en ningún Estado miembro de la Unión Europea.

2. ¿Puedo matricular un vehículo basado en CFD sin verificación física?

No. El Reglamento permite el uso de simulaciones CFD, pero exige validación mediante verificación y trazabilidad de datos. Sin esa verificación, el certificado de conformidad puede invalidarse automáticamente.

3. ¿Desde qué fecha es obligatorio cumplir el Reglamento (UE) 2025/258?

El Reglamento será obligatorio desde el 1 de enero de 2026, a excepción de las disposiciones transitorias.

4. ¿Qué ocurre si no se aporta la documentación técnica requerida?

La autoridad de homologación puede bloquear la matrícula del vehículo, denegar la certificación o anular la homologación ya otorgada.

5. ¿El Reglamento (UE) 2025/258 sustituye a normas anteriores?

No sustituye por completo, pero modifica el Reglamento (UE) 2017/2400 y ciertos anexos técnicos, actualizando los procedimientos para tener en cuenta nuevas tecnologías como hidrógeno y carga dinámica.

6. ¿Quiénes están obligados a cumplir el Reglamento? ¿Solo fabricantes?

No. También están obligados los proveedores de componentes, los fabricantes de vehículos pesados y las autoridades nacionales de homologación.

7. ¿Qué sanciones contempla el Reglamento si una empresa no cumple?

La sanción principal es la pérdida del certificado de conformidad, lo que implica no matriculación, no venta, no puesta en servicio en la UE. Es decir, sin cumplimiento el vehículo queda fuera del mercado europeo.

8. ¿Puede un Estado miembro bloquear la comercialización solo en su territorio?

No. Si una autoridad detecta un incumplimiento y cancela la homologación, el bloqueo se aplica automáticamente a toda la Unión Europea mediante cooperación administrativa obligatoria.

9. ¿Qué obligaciones nuevas tienen los proveedores de componentes?

Deben garantizar que los componentes incluidos en el cálculo de emisiones o consumo estén certificados y documentados, y aportar trazabilidad.

10. ¿Es obligatorio revisar contratos de suministro por este Reglamento?

Sí. Si un proveedor entrega componentes no certificados, el fabricante puede perder la homologación del vehículo. Por ello, es recomendable incluir cláusulas de responsabilidad en los contratos (compliance contractual).

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