Directiva (UE) 2024/825 | Normativa europea contra el greenwashing

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La Directiva 2024/825 ha llegado para cambiar las reglas del juego en materia de consumo sostenible. Esta norma, publicada el 6 de marzo de 2024, tiene un objetivo claro: proteger a los consumidores europeos frente al greenwashing y ofrecerles herramientas para tomar decisiones más conscientes en sus compras.

A continuación, te explicamos en qué consiste esta Directiva, a quién afecta y por qué es clave para empresas, abogados y consumidores.

¿Qué es la Directiva (UE) 2024/825?

La proliferación de alegaciones medioambientales en el mercado, muchas de ellas vagas, engañosas o directamente falsas, ha generado una considerable desconfianza entre los consumidores y ha dificultado la toma de decisiones de compra verdaderamente sostenibles. En este contexto, la Directiva (UE) 2024/825 persigue varios objetivos interconectado

La Directiva (UE) 2024/825 modifica dos normas europeas fundamentales: la Directiva sobre prácticas comerciales desleales (2005/29/CE) y la Directiva sobre derechos de los consumidores (2011/83/UE). Su finalidad es doble:

  • Luchar contra el greenwashing, es decir, las afirmaciones medioambientales vagas o engañosas que muchas empresas utilizan para mejorar su imagen.
  • Empoderar a los consumidores, proporcionando información clara, verificable y útil sobre la durabilidad, reparabilidad y sostenibilidad real de los productos.

¿Qué es el greenwashing y por qué lo prohíbe esta Directiva?

El greenwashing consiste en transmitir al consumidor una imagen de respeto medioambiental sin que exista una base objetiva que lo respalde. Es una práctica comercial desleal porque induce a error sobre las características ecológicas del producto y perjudica tanto al consumidor como a las empresas que sí cumplen con estándares sostenibles reales.

En consecuencia, la Directiva (UE) 2024/825 incorpora esta práctica en la lista negra de prácticas comerciales prohibidas. A partir de su transposición a los ordenamientos nacionales, afirmaciones como “100 % ecológico”, “neutro en carbono” o “producto sostenible” deberán ir acompañadas de pruebas científicas, verificables y fácilmente accesibles.

💡En otras palabras: ya no será legal utilizar expresiones como “100 % verde” o “respetuoso con el planeta” si no pueden demostrarse de forma objetiva.

¿A quién afecta la Directiva (UE) 2024/825?

La Directiva (UE) 2024/825 tiene un alcance amplio y afecta tanto al sector privado como al público. Sus disposiciones impactan de manera directa en:

  • Empresas que venden productos o servicios a consumidores dentro de la Unión Europea, ya sea en establecimientos físicos o a través del comercio electrónico. Estas deberán revisar sus prácticas comerciales para garantizar la transparencia y evitar afirmaciones publicitarias engañosas o imprecisas.
  • Plataformas de comercio electrónico y marketplaces, que tendrán la obligación de asegurar que la información ofrecida al consumidor es veraz, clara y comprobable. La Directiva refuerza su responsabilidad como intermediarios digitales.
  • Consumidores en toda la UE, quienes se beneficiarán de una mayor protección frente a prácticas comerciales desleales, incluyendo el greenwashing, las reseñas manipuladas y las estrategias de marketing opacas.
  • Entidades públicas, especialmente autoridades de consumo, organismos de inspección y supervisión de mercados, que deberán aplicar y hacer cumplir las nuevas normas. También afecta a administraciones públicas que diseñan políticas de sostenibilidad, contratación pública ecológica y vigilancia del mercado.

¿Qué sectores están más expuestos al riesgo de greenwashing?

Algunos sectores presentan un mayor nivel de exposición al riesgo legal y reputacional. Entre ellos destacan:

  • Retail y e-commerce: uso intensivo de reclamos ecológicos en etiquetas, fichas de producto y marketing online.
  • Moda y textil: frecuente utilización de expresiones como “eco”, “sostenible” o “tejidos reciclados” sin respaldo técnico.
  • Cosmética y productos de cuidado personal: mención de ingredientes naturales o libres de tóxicos sin certificación válida.
  • Electrodomésticos y tecnología: alegaciones sobre eficiencia energética o durabilidad no verificadas por ensayos independientes.

Recomendaciones para las empresas: cumplir con la Directiva (UE) 2024/825

Con la entrada en vigor de la Directiva (UE) 2024/825, relativa a las alegaciones medioambientales y la lucha contra el greenwashing, las empresas que operan en el mercado de la Unión Europea deben adoptar un nuevo enfoque legal.

El incumplimiento de esta normativa puede conllevar sanciones administrativas, acciones judiciales por parte de consumidores y actuaciones de las autoridades nacionales de protección del consumidor. Nuestras recomendaciones:

  • Auditar todas las declaraciones medioambientales incluidas en catálogos, sitios web, etiquetas, envases y campañas de marketing. Es esencial que estas afirmaciones sean verificables, científicamente fundamentadas y documentadas.
  • Evitar el uso de expresiones genéricas o vagas como “respetuoso con el medio ambiente”, “sostenible”, “eco-friendly” o “carbono neutro” si no dispones de pruebas verificables y certificaciones reconocidas que respalden dichas afirmaciones. La falta de rigor puede ser calificada como práctica comercial engañosa.
  • Revisar y actualizar políticas internas de comunicación, publicidad y marketing para asegurar su coherencia con los nuevos requisitos legales. La consistencia entre lo que se comunica y lo que se puede demostrar será clave para evitar riesgos legales.
  • Formar a los equipos internos (marketing, comunicación, legal y compliance) en los requisitos de la Directiva (UE) 2024/825. Es fundamental conocer las prohibiciones específicas, como el uso indebido de etiquetas de sostenibilidad, comparaciones ambientales sin base objetiva o certificaciones inexistentes.
  • Consultar con un abogado especializado en derecho europeo del consumidor, regulación medioambiental y ESG, como el equipo de Arthur & Marin, para revisar tus contratos, estrategias publicitarias, documentación corporativa y relaciones con proveedores.

Impacto de la Directiva (UE) 2024/825 en las Administraciones Públicas

Aunque la Directiva (UE) 2024/825 se dirige principalmente a operadores económicos privados, también tiene un impacto directo e indirecto en las Administraciones Públicas nacionales, autonómicas y locales. Su papel como reguladoras, contratantes y emisoras de comunicación institucional las sitúa en una posición clave para garantizar el cumplimiento de esta nueva normativa europea contra el greenwashing.

Transposición y supervisión normativa

Los Estados miembros deben transponer la Directiva (UE) 2024/825 antes del 27 de marzo de 2026. Además, las autoridades de consumo y organismos de control autonómicos deberán reforzar sus procedimientos de inspección, con capacidad para sancionar afirmaciones medioambientales engañosas en productos, servicios o campañas públicas.

Contratación pública y uso de certificaciones

LEn el ámbito de la contratación pública, la Directiva exige que las Administraciones:

  • Evitar adjudicar contratos a proveedores que incurran en greenwashing
  • Eviten adjudicar contratos a proveedores que utilicen sellos o certificaciones ambientales de forma engañosa o sin validación externa.
  • Verifiquen que las alegaciones ecológicas están respaldadas por certificados reconocidos (como la Etiqueta Ecológica Europea, EMAS, FSC, etc.).
  • Introduzcan criterios claros en los pliegos sobre el uso responsable de etiquetas, certificaciones y declaraciones medioambientales.

Esto requiere capacitación técnica y jurídica, y una revisión profunda de los pliegos de contratación.

Comunicación institucional libre de greenwashing

La comunicación institucional también quedará sujeta a las prohibiciones establecidas por la Directiva (UE) 2024/825. Las Administraciones no podrán utilizar expresiones como “neutro en carbono” o “respetuoso con el medio ambiente” sin base científica y verificable. Esto afecta a campañas públicas, etiquetado de productos institucionales y mensajes de sensibilización ambiental.

Sanciones y riesgos legales por incumplir la Directiva (UE) 2024/825

El incumplimiento de la Directiva (UE) 2024/825, una vez transpuesta al derecho nacional, conlleva importantes sanciones legales, económicas y reputacionales para las empresas. Esta normativa europea refuerza la lucha contra el greenwashing y obliga a garantizar que todas las alegaciones medioambientales (green claims) sean verificables, precisas y respaldadas por pruebas científicas.

Multas administrativas por greenwashing

Las autoridades de consumo y competencia podrán imponer multas significativas a empresas que utilicen declaraciones medioambientales falsas, vagas o no justificadas. Las sanciones económicas podrán escalar en función del volumen de negocio de la empresa, el número de consumidores afectados o la reiteración de la conducta ilícita.

Responsabilidad civil y acciones colectivas

El uso de green claims engañosas también puede dar lugar a demandas por responsabilidad civil por parte de consumidores individuales, asociaciones de consumidores y usuarios, y plataformas de defensa del medio ambiente.

Estas reclamaciones pueden incluir la devolución del precio abonado por el producto o servicio, la indemnización por daños y perjuicios (incluidos daños morales), o acciones colectivas de cesación, reparación y compensación, conforme a la Directiva (UE) 2020/1828 sobre protección de los derechos colectivos de los consumidores.

Daño reputacional y pérdida de competitividad

Más allá de las consecuencias legales, el uso indebido de alegaciones ambientales puede desencadenar una crisis de reputación para la marca. Las consecuencias reputacionales incluyen:

  • Pérdida de confianza por parte del consumidor
  • Campañas negativas en redes sociales
  • Caída en el posicionamiento competitivo, especialmente en sectores sensibles a la sostenibilidad como: alimentación y bebidas, cosmética, moda y retail.

Legislación complementaria a la Directiva greenwashing

La Directiva (UE) 2024/825 es una pieza clave dentro del Pacto Verde Europeo y la estrategia de la UE para una economía circular. Se espera que tenga un impacto significativo en las prácticas de marketing y comunicación de las empresas, impulsando una mayor transparencia y responsabilidad.

Es importante destacar que esta Directiva se complementará con la futura Directiva sobre alegaciones ecológicas (Green Claims Directive), que establecerá requisitos más detallados sobre la justificación y comunicación de las declaraciones medioambientales explícitas y el funcionamiento de los sistemas de etiquetado medioambiental.

Mientras que la Directiva (UE) 2024/825 se centra en las prácticas comerciales desleales y la información al consumidor, la futura Directiva sobre Alegaciones Ecológicas profundizará en la metodología y verificación de dichas alegaciones.

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