
Derecho al olvido para empresarios y profesionales
Las decisiones profesionales y comerciales comienzan con una búsqueda en Internet, y la reputación online es imprescindible para empresarios y
El Derecho de las nuevas tecnologías se ha convertido en una de las áreas jurídicas más relevantes para empresas, profesionales y organizaciones que desarrollan su actividad en un entorno cada vez más digitalizado. La inteligencia artificial (IA), la protección de datos, el comercio electrónico, las plataformas digitales, los activos digitales o la ciberseguridad plantean obligaciones y riesgos que requieren un asesoramiento especializado.
En A&M asesoramos a empresas, startups, clientes internacionales y profesionales en la prevención de riesgos, contratación tecnológica, cumplimiento normativo y defensa en procedimientos y litigios relacionados con su actividad digital.
Asistimos en la aplicación del AI Act, la clasificación de sistemas de inteligencia artificial y la identificación de las obligaciones de proveedores, usuarios profesionales, importadores y distribuidores. También asesoramos sobre IA generativa, contratos, utilización de datos y responsabilidad de la utilización de sistemas automatizados.
Ayudamos a las empresas a adaptar su actividad al RGPD, incluyendo políticas de privacidad, bases del tratamiento, consentimiento, transferencias internacionales de datos, y relaciones entre responsables y encargados. Asimismo, intervenimos ante reclamaciones y procedimientos frente a las autoridades de protección de datos nacionales e internacionales.
Asesoramos en obligaciones de seguridad, brechas de datos, ciberataques e incidentes, así como en la aplicación de la normativa NIS2 cuando resulte pertinente. También revisamos contratos tecnológicos para delimitar adecuadamente las responsabilidades entre empresas y proveedores en materia de seguridad.
Las empresas tecnológicas suelen crecer con gran rapidez desde fases tempranas. Por ello, se debe prestar atención en temas de desarrollo de software, contratación, entrada de inversores, licencias, tratamiento de datos o prestación de servicios digitales. Un buen asesoramiento desde el inicio protege eventuales responsabilidades, y asiste en la captación de inversión, o en la posterior venta de la empresa.
En una startup, una de las primeras cuestiones que debe resolverse es regular las relaciones entre fundadores y socios, la optimización en la estructura, la incorporación de inversores, la confidencialidad, la propiedad intelectual y la contratación de empleados. Esto facilita posteriormente los procesos de financiación, due diligence, la entrada de inversores, la internacionalización o la venta de la compañía en el momento oportuno.
No es suficiente recurrir a condiciones generales estándar cuando existen cuestiones técnicas que pueden influir en la responsabilidad de las partes.
En contratos de SaaS, cloud computing, licencias, outsourcing o mantenimiento, es necesario definir el alcance del servicio, los niveles de disponibilidad y soporte, las responsabilidades en caso de interrupción o pérdida de datos, la propiedad intelectual, la confidencialidad y seguridad, protección de datos, duración, renovación y terminación, y migración o recuperación de información al finalizar la relación. También puede resultar conveniente establecer penalizaciones, garantías o límites de responsabilidad.
Los conflictos relacionados con el software suelen surgir por una deficiente definición contractual de los derechos y obligaciones de cada parte. Cuando una empresa encarga el desarrollo de un software o aplicación, debe quedar claro quién será el propietario del código, qué derechos recibe el cliente y qué puede reutilizar el desarrollador.
También deben regularse aspectos como la entrega y acceso al código fuente, utilización de componentes de terceros u open source, mantenimiento y actualizaciones, y continuidad del servicio si termina la relación con el desarrollador. Esto puede posteriormente convertirse en un problema para la explotación del negocio o la entrada de inversores.
La creación de una tienda online requiere adaptar el proceso de venta. Es necesario disponer de términos y condiciones adecuados, proporcionar información precontractual y cumplir las normas aplicables a la contratación electrónica. También deben regularse cuestiones como los métodos de pago, entregas, devoluciones, derecho de desistimiento y garantías legales para consumidores. Además, toda tienda online debe cumplir la normativa sobre protección de datos y cookies, incluyendo las políticas de privacidad, el tratamiento de datos de clientes y el uso de herramientas de seguimiento o publicidad.
Los marketplaces y plataformas digitales presentan obligaciones cuando ponen en contacto a vendedores, prestadores de servicios y usuarios. Deben establecerse unas condiciones de utilización para los usuarios, definir la responsabilidad de la plataforma y regular cuestiones como la creación y suspensión de cuentas, los pagos, las reclamaciones y la retirada de contenidos o productos. Las plataformas también están sujetas a obligaciones de transparencia, identificación de vendedores profesionales y moderación de contenidos, cuando actúan como intermediarias entre terceros.
El Digital Services Act (DSA) establece obligaciones para servicios digitales que operan en la Unión Europea. Resulta aplicable, entre otros, a servicios de intermediación, proveedores de alojamiento, marketplaces, plataformas online, redes sociales y motores de búsqueda. Las obligaciones varían según el tipo de servicio, su función y su tamaño.
El DSA regula materias como la gestión de contenidos ilícitos, la transparencia, la publicidad online y la identificación de vendedores profesionales. Es importante analizar previamente el modelo de negocio y la función que desempeña la plataforma, para determinar qué obligaciones le son aplicables.
Las empresas que ofrecen productos, suscripciones, contenidos o servicios digitales a consumidores deben tener en cuenta la protección del consumidor. La normativa europea sobre contratos a distancia establece obligaciones específicas de información y regula, entre otras cuestiones, el derecho de desistimiento del consumidor. En modelos basados en suscripciones y renovaciones automáticas, la empresa debe informar de manera transparente sobre el precio, duración, condiciones de renovación y cancelación, sin dificultar la terminación del servicio.
Los contenidos y servicios digitales —como software, aplicaciones, plataformas, servicios cloud, contenidos audiovisuales o determinados servicios por suscripción— deben disponer además de un régimen de conformidad. El consumidor debe poder desistirse cuando el contenido o servicio no presenta las características, funcionalidad o prestaciones conforme al contrato. Además, deben revisarse las prácticas comerciales para captar y conservar clientes. Las promociones o períodos gratuitos no pueden resultar engañosas.
El comercio electrónico y las plataformas digitales están sujetos a numerosas obligaciones. Asesoramos a empresas que venden productos o servicios online, así como a marketplaces y otros operadores digitales que desarrollan su actividad en la Unión Europea.
La propiedad intelectual determina quién puede explotar, modificar, licenciar o transmitir los activos digitales de una empresa o persona física. Es una materia importante cuando el negocio depende del software, las bases de datos, los contenidos digitales o soluciones mediante inteligencia artificial (IA).
El software puede constituir uno de los activos más importantes de una empresa, pero no significa ser titular de todos los derechos sobre el programa. Cuando intervienen desarrolladores externos, freelancers, empleados o socios, resulta importante determinar quién es propietario del código, qué derechos han sido cedidos y hasta dónde alcanza esa cesión.
Ejemplo: Asistencia en la adaptación a normativas farmacéuticas y relaciones con profesionales de la salud para un importante laboratorio, lo que permitió superar inspecciones.
Las bases de datos, catálogos, fotografías, vídeos, interfaces y demás contenidos digitales representan una parte importante del valor de una empresa. Sin embargo, disponer de esos contenidos no implica necesariamente tener derecho a utilizarlos, modificarlos, cederlos o comercializarlos.
Una base de datos puede incorporar elementos protegidos por derechos de autor, derechos de imagen, marcas u otros derechos de terceros. También es necesario comprobar si algunos de estos derechos han sido adquiridos por colaboradores, agencias o proveedores externos. Todas estas preguntas son importantes cuando una empresa pretende monetizar sus datos, compartirlos con terceros o utilizarlos para desarrollar herramientas de análisis.
La inteligencia artificial plantea nuevas cuestiones sobre la utilización de contenidos y sobre los derechos que pueden existir sobre los resultados. Se debe analizar qué información es manejada por la IA, qué ocurre con esos datos y en qué condiciones pueden utilizarse los resultados obtenidos de la inteligencia artificial. Un resultado generado mediante IA no debe asumirse como libre de derechos de terceros ni como protegible por quien lo utiliza. Resulta necesario revisar el origen de la información (datasets), las licencias de software, así como los resultados y derechos que se concederán a clientes y usuarios. Por ello, la propiedad intelectual es la base de cualquier proyecto basado en inteligencia artificial.
Una parte importante de la regulación de las nuevas tecnologías se desarrolla a nivel de la Unión Europea. La mayoría de las obligaciones ya no dependen del Derecho nacional, sino de un marco europeo común. Para empresas que operan en varios Estados miembros, prestan servicios digitales de forma transfronteriza o desarrollan productos destinados al mercado europeo, el Derecho UE es fundamental.
La Unión Europea ha construido en los últimos años un marco regulatorio específico para la economía digital. Normas como el RGPD, el Digital Services Act, el Digital Markets Act, el AI Act, el régimen MiCA, la normativa NIS2 o el marco eIDAS pueden resultar aplicables simultáneamente.
Una empresa puede prestar servicios en distintos países de la Unión Europea sin disponer necesariamente de una estructura física en cada uno de ellos. Sin embargo, esta facilidad no elimina la normativa relacionada con consumidores, protección de datos, contratación, fiscalidad o regulación sectorial.
Antes de expandir un servicio a otros mercados resulta conveniente analizar si existen obligaciones específicas de registro o adaptación contractual, así como determinar qué legislación y qué autoridades pueden intervenir. Es necesario utilizar las ventajas del mercado único europeo, sin perder de vista las particularidades nacionales.
La regulación del sector tecnológico ha implicado una mayor intervención de autoridades administrativas y organismos de supervisión. Las empresas están obligadas a responder a inspecciones, reclamaciones o procedimientos administrativos. Asesoramos a empresas y operadores tecnológicos en litigios y cuestiones de Derecho de la Unión Europea aplicadas a las nuevas tecnologías, tanto en materia de cumplimiento normativo como en procedimientos administrativos y regulatorios (nacionales e internacionales).
La publicidad digital permite llegar a un público más amplio, pero también conlleva ciertas obligaciones. Una campaña en redes sociales, una colaboración con un influencer o una estrategia de publicidad están actualmente sometidas a normas sobre prácticas comerciales, protección a los consumidores y protección de datos.
La publicidad realizada a través de páginas web, redes sociales, buscadores o plataformas digitales debe ser claramente identificable como publicidad y no puede inducir a error sobre las características, precio o condiciones de los productos y servicios promocionados.
El hecho de que una campaña adopte un formato creativo, informal o se integre de forma natural dentro de contenidos, vídeos, publicaciones en redes sociales y recomendaciones, no elimina su carácter publicitario ni las obligaciones de transparencia.
Mensajes relativos a las características de un producto, su precio, sus ventajas frente a competidores o sus cualidades deben poder justificarse. Debe analizarse no solo el canal utilizado, sino también el contenido de la publicidad.
Las colaboraciones con influencers y creadores de contenido pueden generar responsabilidad tanto para el creador como para la empresa que promociona sus productos o servicios. Cuando existe una remuneración, producto gratuito, comisión, descuento u otra ventaja a cambio de una publicación, su carácter comercial debe ser claro y fácilmente reconocible para el usuario.
Por ello, las colaboraciones deben regularse contractualmente. Conviene definir qué mensajes puede utilizar el creador, cómo debe identificarse la publicidad, qué derechos tiene la empresa sobre fotografías y vídeos, durante cuánto tiempo se pueden reutilizar esos contenidos y qué ocurre si una publicación incumple las reglas publicitarias.
Una buena campaña debe preservar la autenticidad del influencer, pero sin perder el control sobre las afirmaciones en nombre de la marca.
La publicidad digital depende cada vez más del análisis del comportamiento de los usuarios. Cookies, identificadores publicitarios y otras tecnologías permiten medir campañas, crear perfiles y mostrar anuncios personalizados, pero su utilización implica el tratamiento de datos personales y queda sometida al RGPD. De forma general, se diferencia entre cookies necesarias y aquellas utilizadas para otras finalidades, respecto de las cuales pueden existir obligaciones adicionales de consentimiento.
En cuanto al marketing directo por correo electrónico, SMS u otros canales electrónicos, está sujeto a un régimen de consentimiento previo, sin perjuicio de las excepciones previstas. Además, cuando los datos personales son tratados con fines de marketing directo, el interesado tiene derecho a oponerse en cualquier momento y sus datos no pueden seguir utilizándose para esa finalidad.
La dificultad aumenta cuando la publicidad se basa en perfilado y segmentación avanzada. En estos casos, el Digital Services Act introduce restricciones adicionales respecto de la publicidad basada en categorías sensibles de datos personales y publicidad dirigida a menores.
La tecnología blockchain permite desarrollar nuevos modelos de financiación y representación digital de activos. Sin embargo, las obligaciones pueden variar en función de la naturaleza del token, de los derechos que incorpora y de los servicios que se prestan alrededor del mismo.
Los smart contracts permiten automatizar determinadas operaciones o acuerdos mediante código. Es importante definir qué obligaciones asumen las partes, qué ocurre cuando existe un error en el código o la información utilizada para ejecutar el acuerdo, y cómo resolver controversias.
En cuanto a la tokenización de activos, representar digitalmente un derecho o un activo mediante un token no determina qué régimen o ley es de aplicación. Es necesario analizar qué representa ese token, qué derechos concede a su titular y si su emisión o comercialización puede quedar sometida a normativa financiera o sobre criptoactivos. Por lo tanto, la arquitectura tecnológica del proyecto debe diseñarse en conjunción con el sistema legal, particularmente cuando la blockchain se utiliza para automatizar relaciones contractuales, transmitir derechos o inversión.
El Reglamento (UE) 2023/1114 sobre los mercados de criptoactivos (MiCA) establece un marco europeo para la emisión y oferta pública de criptoactivos. MiCA es de aplicación para las empresas que emiten o comercializan criptoactivos y que prestan servicios como custodia, intercambio, ejecución de órdenes, asesoramiento o gestión de esos activos. Los proveedores de servicios sobre criptoactivos (empresa o persona autorizada para ofrecer servicios profesionales con monedas digitales y criptomonedas —denominados CASP—) están sometidos a requisitos de autorización, organización y funcionamiento. Una autorización conforme a MiCA en un Estado miembro permite la prestación transfronteriza de servicios en toda la Unión Europea.
La digitalización de los servicios financieros ha dado lugar a nuevos modelos de negocio relacionados con pagos electrónicos, plataformas fintech, financiación, wallets y otros servicios financieros digitales. Es importante determinar si la actividad desarrollada constituye una actividad financiera regulada, ya que puede implicar requisitos de autorización, registro y supervisión.
Una empresa tecnológica puede quedar sometida a regulación financiera cuando, por ejemplo, interviene en la recepción o transferencia de fondos, presta servicios de pago, o gestiona activos de clientes. Es necesario analizar las relaciones entre la empresa tecnológica, las entidades financieras o proveedores de pago y los usuarios finales. La distribución de responsabilidades, la protección de los fondos y datos de los clientes, la externalización de servicios tecnológicos y las obligaciones deben quedar delimitadas. Asesoramos a empresas y proyectos tecnológicos en la identificación del marco regulatorio aplicable, así como en su estructuración y en el análisis de las obligaciones derivadas.
La contratación y gestión documental electrónica exige garantizar la identidad de quien interviene y la autenticidad y valor de los documentos utilizados. El Reglamento eIDAS establece un marco común europeo para facilitar transacciones electrónicas seguras entre ciudadanos, empresas y administraciones públicas en toda la Unión Europea.
La firma electrónica simple permite aceptar electrónicamente un documento o incorporar determinados datos que permitan identificar al firmante. La firma electrónica avanzada ofrece mayores garantías porque permite identificar al firmante, y detectar modificaciones posteriores del documento. Esta añade requisitos adicionales, entre ellos la utilización de un certificado cualificado y de un dispositivo de creación de firma. Conforme al Reglamento eIDAS, tiene el mismo efecto jurídico que una firma manuscrita y debe ser reconocida en los demás Estados miembros.
El Reglamento eIDAS regula las firmas y la identificación electrónica. Incluye certificados electrónicos, servicios de entrega electrónica y otros mecanismos para garantizar la autenticidad de las transacciones digitales. Este marco ha sido ampliado mediante el Reglamento (UE) 2024/1183, que establece el nuevo marco europeo de identidad digital y desarrolla la futura Cartera Europea de Identidad Digital (EU Digital Identity Wallet). El objetivo es permitir que ciudadanos y empresas puedan identificarse y acreditarse de manera segura en servicios públicos y privados de distintos Estados miembros. Para empresas e instituciones, esto es de ayuda en procedimientos administrativos, contratación transfronteriza, identificación de clientes, firma de documentos y prestación de servicios digitales dentro de la Unión Europea.

Las decisiones profesionales y comerciales comienzan con una búsqueda en Internet, y la reputación online es imprescindible para empresarios y

Aparecer en los resultados de Google con información negativa, antigua o irrelevante puede tener un impacto importante en tu vida

En los últimos años, las autoridades europeas han impuesto sanciones por valor de miles de millones de euros a empresas

La publicidad en sectores regulados es una actividad que combina creatividad y cumplimiento de un marco jurídico de la publicidad.

El derecho al olvido en Bélgica forma parte del marco de protección de datos personales. Este derecho permite a un

Las criptomonedas en Europa han emergido como uno de los fenómenos más transformadores del siglo XXI. Han redefinido la forma
Contar con asesoramiento jurídico especializado permite analizar riesgos, adaptar la actividad a la regulación europea, redactar contratos adecuados al modelo tecnológico y actuar con rapidez en caso de conflicto. En Arthur & Marin acompañamos a empresas, instituciones, startups, persona físicas y clientes internacionales en proyectos de software, plataformas, IA y otros servicios tecnológicos, combinando el conocimiento nacional con el Derecho de la Unión Europea.
Si necesita asesoramiento en Derecho de las nuevas tecnologías y Derecho digital contacte con nuestro despacho
info@arthurmarin.com
+32 465 34 53 45