Reglamento UE 2025/2509 sobre juguetes | Seguridad, sustancias químicas y pasaporte digital

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El Reglamento (UE) 2025/2509 sobre seguridad de los juguetes es la nueva norma europea que sustituye a la antigua Directiva 2009/48/CE y redefine las obligaciones para fabricantes, importadores, distribuidores y vendedores online en toda la Unión Europea. Se trata de una reforma que reescribe las reglas sobre sustancias químicas (PFAS, bisfenoles, fragancias alergénicas), introduce el pasaporte digital del producto (DPP) y establece los controles en aduanas y marketplaces. Si comercializas juguetes en la UE —ya sea fabricándolos, importándolos o vendiéndolos online— esta normativa te afecta directamente, y a tu modelo de negocio.

¿Qué es el Reglamento (UE) 2025/2509 sobre juguetes?

El Reglamento (UE) 2025/2509 es la nueva norma europea que fija los requisitos de seguridad que deben cumplir los juguetes que se comercialicen en la Unión Europea. Sustituye a la anterior Directiva 2009/48/CE y marca un cambio importante. La primera diferencia, es que ahora nos encontramos ante un Reglamento y no ante una Directiva. Esto significa, conforme al Derecho de la Unión Europea, que la norma se aplica directamente en todos los Estados miembros desde su entrada en vigor, sin necesidad de que cada país la adapte a su legislación nacional. Como consecuencia, se reducen las diferencias de interpretación entre Estados y se refuerza la armonización.

Uno de los principales objetivos del nuevo Reglamento es asegurar un nivel elevado de protección de la salud y la seguridad de los niños. Para ello, pone atención en los riesgos asociados a sustancias químicas, y en la entrada en el mercado europeo de productos importados que no cumplen los estándares. También responde al crecimiento de la venta online, que hasta ahora no había sido tratado.

¿Por qué la Unión Europea ha cambiado la normativa?

La Unión Europea ha actualizado la normativa porque en los últimos años, los controles han detectado un número elevado de juguetes no conformes, con sustancias químicas prohibidas, advertencias insuficientes o fallos en productos eléctricos. Además, desde 2009 han surgido nuevas evidencias científicas sobre sustancias como los PFAS, los bisfenoles (como el BPA) o los disruptores endocrinos, o ciertas sustancias químicas.

A esto se suma el crecimiento del comercio electrónico. Hoy los juguetes se venden fácilmente a través de marketplaces y de forma transfronteriza, lo que exige mecanismos más coordinados con otras normas europeas sobre servicios digitales y seguridad de productos. Por último, con el Reglamento, las reglas serñan iguales en toda la Unión Europea, se refuerzan los controles en frontera y se introduce el pasaporte digital del producto, lo que se traduce en un modelo más preventivo, uniforme y adaptado a la realidad digital.

¿A partir de cuándo se aplica?

El Reglamento se aplicará en un calendario por fases. Algunas disposiciones empiezan a aplicarse desde el 1 de enero de 2026, y afectará a a la organización de las empresas, a los sistemas digitales y a la adaptación progresiva de fabricantes e importadores. Sin embargo, la aplicación general comienza el 1 de agosto de 2030. Las empresas deberían empezar a preparar su aplicación con antelación, revisando el uso de sustancias químicas, los contratos con proveedores, la documentación técnica y la implantación del pasaporte digital.

¿A quién afecta realmente?

El Reglamento sobre los juguetes afecta a toda la cadena de comercialización de juguetes en la Unión Europea, desde quien los fabrica hasta quien los vende al consumidor final. Los fabricantes, estén dentro o fuera de la UE, deben diseñar productos seguros, garantizar el cumplimiento de las normas sobre sustancias químicas, y crear el pasaporte digital del producto. Los importadores, si traen juguetes desde fuera de la Unión Europea, deben asegurarse de que el fabricante cumple la normativa. Si el producto no es conforme, pueden ser considerados responsables.

Los distribuidores y minoristas, aunque no fabriquen ni importen, también tienen obligaciones. Deben comprobar que el producto lleva el marcado y la información obligatoria, no comercializar artículos sospechosos y colaborar en caso de retirada o problema de seguridad. De la misma forma, las plataformas de venta online y los marketplaces. Cuando comercializan juguetes de terceros, deben cumplir las obligaciones, y la oferta de un producto no conforme puede ser considerada contenido ilícito. Por último, las empresas que venden juguetes con su propia marca deben tener cuidado dado que aunque los fabrique un tercero, pueden asumir igualmente la posición de fabricante y, por tanto, todas sus responsabilidades.

Qué entiende la ley por “juguete

La norma considera juguete cualquier producto diseñado o destinado, total o parcialmente, a ser utilizado para el juego por niños menores de 14 años (artículo 3 del reglamento y anexos). Además también se tiene en cuenta el “uso razonable”, es decir, aunque el producto no esté etiquetado como juguete, si en la práctica un niño puede utilizarlo para jugar, puede ser considerado un juguete. Las autoridades valoran aspectos como el diseño, el tamaño, los colores, la presentación, el embalaje, la publicidad y el público al que va dirigido. Si el producto tiene características infantiles y una función lúdica, puede ser considerado juguete.

Productos que no se consideran juguetes

La normativa excluye determinados productos, como equipos de parques infantiles de uso público, máquinas recreativas, vehículos con motor de combustión destinados a menores o determinados artículos decorativos. También pueden quedar fuera productos destinados a adultos, artículos de colección que no estén pensados para el juego, siempre que no tengan una finalidad lúdica infantil. Aun así, cada caso debe analizarse individualmente, pues la calificación depende del uso y del contexto de comercialización.

Casos dudosos más frecuentes (ejemplos prácticos)

Existen muchos productos frontera que generan dudas. Por ejemplo, artículos de decoración con forma de animales que pueden ser manipulados por niños, kits educativos que combinan aprendizaje y juego, accesorios infantiles con elementos lúdicos o productos tecnológicos que parecen juguetes. Otro caso habitual es el de artículos vendidos como “decorativos” o “coleccionables” pero que, por su diseño, van dirigidos a niños. En estos supuestos, las autoridades pueden considerar que se trata de un juguete, aunque el fabricante no lo haya etiquetado como tal.

Nuevas reglas de seguridad: ¿qué cambia en la práctica?

El Reglamento (UE) 2025/2509 no se limita a actualizar conceptos, sino que introduce un enfoque preventivo en materia de seguridad de los juguetes. En la práctica, significa que las empresas deben demostrar que el producto es seguro en su uso. La seguridad debe analizarse teniendo en cuenta el diseño del juguete, y cómo este puede ser utilizado por un menor.Requisitos generales de seguridad

El principio básico se recoge en el artículo 5 del Reglamento (UE) 2025/2509, que establece que los juguetes solo podrán comercializarse si cumplen el requisito de seguridad y no ponen en peligro la salud o la seguridad de los niños cuando se utilicen conforme a su finalidad o de manera razonablemente previsible. Por ello, el fabricante debe anticipar comportamientos de los menores, como morder, tirar, desmontar o utilizar el juguete. El producto debe seguir siendo seguro en situaciones normales de uso infantil. Además, la seguridad no se limita a riesgos físicos. También incluye riesgos químicos y eléctricos.

Seguridad física y mecánica

El Reglamento establece exigencias estrictas en materia de seguridad física y mecánica, desarrolladas en el Anexo II, como por ejemplo el hecho de que el juguete no puede presentar bordes cortantes, piezas pequeñas fácilmente desprendibles que puedan provocar asfixia, ni elementos que generen riesgo de atrapamiento o estrangulación. También se evalúan la resistencia, la estabilidad, la inflamabilidad y la durabilidad del producto. Si una pieza puede soltarse tras un uso normal, el juguete puede considerarse no conforme. Por tanto, el diseño debe ser seguro también tras un uso o comportamiento repetido.

Juguetes eléctricos y conectados a internet

El nuevo Reglamento presta especial atención a los juguetes eléctricos y a los juguetes conectados digitalmente. En el caso de juguetes eléctricos, deben evitar riesgos como descargas, sobrecalentamientos o incendios. Las baterías y los sistemas de carga de los juguetes deben cumplir estándares estrictos de seguridad. En cuanto a los juguetes conectados a internet, se consideran riesgos los posibles efectos sobre el bienestar del menor.

¿Qué riesgos debe analizar el fabricante?

En cuanto a los riesgos, el nuevo Reglamento recoge en el artículo 18 la obligación al fabricante de realizar una evaluación de seguridad antes de comercializar el juguete. Este análisis debe identificar los peligros que el producto pueda presentar y evaluar la exposición del niño, tal y como hemos analizado previamente (físicos, mecánicos, químicos, eléctricos y digitales). La evaluación debe estar documentada y formar parte del expediente del producto. En caso de inspección, las autoridades pueden exigir esta documentación para verificar que el fabricante ha realizado tal análisis.

Sustancias químicas prohibidas en juguetes

Uno de los cambios más importantes del Reglamento (UE) 2025/2509 sobre juguetes se refiere a las sustancias químicas presentes en los materiales. La nueva normativa endurece las reglas para reducir la exposición de los niños a compuestos peligrosos. Los juguetes pueden estar fabricados con plásticos, pinturas, textiles, espumas u otros materiales que pueden contener sustancias nocivas. Por este motivo, el Reglamento establece límites estrictos para determinadas sustancias o incluso sustancias químicas que no pueden utilizarse, a través del Anexo II. A continuación, se explican algunas de las categorías de sustancias para fabricantes, importadores y distribuidores.

Prohibición de PFAS

El Reglamento introduce restricciones muy importantes respecto a los PFAS (sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas), grupo de compuestos químicos utilizados en materiales industriales. Estas sustancias son conocidas por su posible impacto negativo en la salud humana. En consecuencia, la normativa europea avanza hacia su eliminación en muchos productos de consumo, incluidos los juguetes.

En los juguetes, se prohíbe el uso intencionado de PFAS o en sus componentes. Para las empresas, esto implica revisar la cadena de suministro y asegurarse de que los materiales utilizados —como recubrimientos, plásticos o tratamientos superficiales— no contienen PFAS añadidos.

Restricciones sobre bisfenoles (como el BPA)

Los bisfenoles, especialmente el bisfenol A (BPA), también son objeto de restricción. Estos compuestos que se utilizan en algunos plásticos y resinas, han sido catalogados científicamente como disruptores endocrinos, es decir, sustancias que pueden interferir en el sistema hormonal. Por ello, el Reglamento limita la presencia de estos compuestos en los materiales de los juguetes, o de otros bisfenoles similares. Ante esta situación, los fabricantes deben analizar los materiales utilizados y verificar que cumplen los límites establecidos en la normativa.

Fragancias alergénicas y límites permitidos

Algunas sustancias aromáticas pueden provocar reacciones alérgicas, sobre todo cuando el juguete está destinado a menores de corta edad o puede entrar en contacto con la boca. Por este motivo, la normativa prohíbe determinadas fragancias y establece límites estrictos para otras. Esto afecta especialmente a productos como juguetes blandos o textiles, juguetes cosméticos o creativos, productos que pueden ser manipulados de forma prolongada por los niños.

Sustancias cancerígenas o disruptores endocrinos, y materiales reciclados

El Reglamento también refuerza la prohibición de determinadas sustancias peligrosas, como las sustancias cancerígenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR). Estas sustancias se clasifican conforme a la normativa europea sobre clasificación y etiquetado de sustancias químicas (Reglamento CLP). En general, no pueden utilizarse en juguetes, (salvo circunstancias muy limitadas). Como hemos visto, además, se presta mayor atención a los disruptores endocrinos, El Reglamento también aborda la cuestión de los materiales reciclados, que cada vez se utilizan más en el contexto de la economía circular. El uso de materiales reciclados no está prohibido, pero se debe garantizar que estos materiales cumplen igualmente todos los requisitos de seguridad.

El Pasaporte Digital del Producto (DPP) ¿qué es y cómo funciona?

Una de las principales novedades del Reglamento (UE) 2025/2509 sobre seguridad de los juguetes es la introducción del Pasaporte Digital del Producto (Digital Product Passport o DPP). Permitirá reunir y compartir información sobre el juguete, para mejorar la trazabilidad, y facilitar el control de los productos en el mercado europeo. El pasaporte digital funcionará como un registro electrónico del producto, accesible a través de un soporte digital (normalmente un código QR u otro identificador).

Esta medida forma parte de la estrategia europea de digitalización del control del mercado y está prevista en los artículos 28 a 34 del Reglamento (UE) 2025/2509, que regulan la creación, el contenido y el acceso al pasaporte digital del producto. En la práctica, el DPP permitirá a las distintas partes acceder a la información sobre el producto.

¿Qué información debe incluir?

Entre otros datos, incluirá información sobre el fabricante o importador, la identificación del producto y los elementos para demostrar que el juguete cumple los requisitos de seguridad. También podrá incluir datos sobre la documentación técnica, evaluaciones de seguridad, advertencias o determinadas sustancias reguladas. Desde el punto de vista empresarial, el DPP se convertirá en una prueba de conformidad del producto, ya que permitirá vincular la información técnica con el producto comercializado.

¿Cómo se accede? (código QR u otros medios)

El acceso al pasaporte digital se realizará mediante el juguete, su embalaje o en la documentación que lo acompaña. En la práctica, lo más habitual será utilizar un código QR, u otros sistemas equivalentes que permitan acceder a la información digital. Este sistema también facilitará la actualización de información en caso de cambios, alertas o retiradas de productos.

Aduanas y controles

El Pasaporte Digital del Producto intervendrá en los controles aduaneros y en la vigilancia. Las autoridades podrán utilizar el pasaporte digital para comprobar si un juguete cumple la normativa antes de permitir su entrada en el mercado europeo. Esto permitirá realizar controles más rápidos en el caso de productos importados desde terceros países. Si el producto no dispone del pasaporte digital, las autoridades podrán bloquear la comercialización del juguete o incluso ordenar su retirada del mercado.

Obligaciones según el papel en la cadena de venta

El Reglamento (UE) 2025/2509 establece obligaciones específicas para cada parte que participe en la comercialización de juguetes en la Unión Europea. La responsabilidad no recae solamente en el fabricante, sino que la cadena de suministro debe asegurarse de que el producto cumple las normas de seguridad (fabricante, importador y el distribuidor). La seguridad y responsabilidad en los juguetes no depende solo de quien los fabrica, sino también de quienes los introducen, distribuyen o venden dentro de la Unión Europea.

Fabricante de juguetes

El fabricante es la parte con mayor responsabilidad dentro del sistema. De acuerdo con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2025/2509, debe asegurarse de que el juguete ha sido diseñado y fabricado conforme a los requisitos de seguridad establecidos por la normativa. Esto implica realizar una evaluación de seguridad (artículo 18), preparar la documentación técnica y garantizar los requisitos de seguridad previstos en el artículo 5 y en el Anexo II del Reglamento. Debe también debe garantizar la trazabilidad del producto, y conservar la documentación técnica en cuanto al mismo. Si detecta que un juguete presenta un riesgo o no cumple los requisitos de seguridad, tiene la obligación de adoptar medidas correctivas, que pueden incluir la retirada del producto del mercado o la información inmediata a las autoridades competentes.

Importador de juguetes

El importador introduce en el mercado de la Unión Europea juguetes fabricados en terceros países. Sus obligaciones se establecen en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2025/2509. Antes de comercializar un juguete, el importador debe verificar que el fabricante ha cumplido con sus obligaciones, y debe identificarse como operador responsable dentro de la Unión Europea.

Distribuidor o tienda online de jugetes

Los distribuidores y minoristas también tienen obligaciones. Estas responsabilidades se recogen en el artículo 14 del Reglamento. Antes de poner un juguete a la venta, el distribuidor debe comprobar que el producto lleva la información obligatoria, que incluye las advertencias necesarias y los datos del responsable. Si el distribuidor tiene motivos para creer que el producto no cumple los requisitos de seguridad, debe abstenerse de comercializarlo. Estas obligaciones también se aplican a las tiendas online que venden directamente juguetes a los consumidores.

Ventas en Marketplace (Amazon, etc.)

El crecimiento del comercio electrónico ha llevado a incluir la responsabilidad de las plataformas digitales que facilitan la venta de juguetes. Las plataformas deben cooperar con las autoridades de vigilancia del mercado y facilitar el acceso a la información necesaria para identificar a los operadores responsables. Estas obligaciones se coordinan con otras normas europeas, como el Reglamento de Servicios Digitales (DSA), que refuerza la responsabilidad de las plataformas.

¿Qué ocurre si vendes con tu propia marca?

En estos casos, aunque el producto haya sido fabricado por un tercero, la empresa que lo comercializa con su propia marca puede ser considerada legalmente como fabricante. Quién comercializa un juguete con su nombre o marca, o que modifica un producto ya comercializado de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las responsabilidades del fabricante. Esto significa que deberá garantizar sus obligaciones como fabricante. Por esto mismo, las empresas que venden juguetes bajo marca propia deben prestar atención al cumplimiento normativo, ya que pueden ser consideradas responsables ante las autoridades en caso de incumplimiento.

reglamento europeo sobre juguetes

Venta online de juguetes y nuevas responsabilidades

El crecimiento del comercio electrónico ha cambiado profundamente la forma en que se comercializan los juguetes en la Unión Europea. Cada vez más productos se venden a través de tiendas online o plataformas digitales. El objetivo del reglamento es garantizar que los juguetes vendidos online cumplan los mismos requisitos de seguridad que los vendidos en tiendas físicas. Para ello, el Reglamento refuerza la trazabilidad, la información para el consumidor y la cooperación con las autoridades. Además, estas obligaciones se coordinan con otras normas europeas, como el Reglamento (UE) 2023/988 sobre seguridad de los productos y el Reglamento de Servicios Digitales (DSA), que establecen responsabilidades para las plataformas digitales.

Información obligatoria en la ficha del producto

Cuando un juguete se vende online, el consumidor debe tener acceso a la información antes de realizar la compra. Esto implica que la ficha del producto debe incluir los elementos de identificación y advertencias exigidos por la normativa.Estas advertencias pueden referirse, por ejemplo, a la edad mínima recomendada o a riesgos específicos relacionados con el uso del juguete. Además, con la introducción del pasaporte digital del producto, previsto en los artículos 28 a 34 del Reglamento (UE) 2025/2509, la información sobre la conformidad del juguete podrá consultarse digitalmente mediante un soporte de datos, como un código QR.

Retiradas, reclamaciones y gestión de riesgos

El Reglamento exige que fabricantes, importadores y distribuidores adopten medidas correctivas cuando detecten un riesgo. En el entorno digital, esto puede implicar la retirada inmediata de la oferta en la plataforma online y la comunicación a los clientes afectados.

Riesgos de bloqueo o sanción

Si las autoridades detectan que un producto no es conforme o representa un riesgo para los consumidores, pueden ordenar la retirada de la oferta del marketplace o bloquear su comercialización. Las plataformas digitales también pueden suspender la venta del producto o del vendedor si detectan incumplimientos repetidos. Además, las autoridades pueden iniciar procedimientos administrativos.

¿Qué pasa si no se cumple con el Reglamento?

El incumplimiento del Reglamento (UE) 2025/2509 puede tener consecuencias importantes para fabricantes, importadores, distribuidores o vendedores online. Las autoridades del mercado tienen amplias competencias para intervenir cuando detectan juguetes que no cumplen la normativa. Las medidas pueden ir desde la retirada del producto del mercado hasta sanciones económicas o bloqueos en frontera.

Retirada de productos

Si un juguete se considera peligroso o no conforme, las autoridades pueden exigir su retirada del mercado. Esto significa que el producto ya no puede seguir comercializándose dentro de la Unión Europea. En determinados casos también puede ordenarse la recuperación de los productos que ya han sido vendidos a los consumidores, especialmente cuando existe un riesgo para la salud o la seguridad. Estas medidas pueden implicar costes económicos para las empresas, además de afectar a la continuidad de la comercialización del producto.

Sanciones económicas

El Reglamento establece el marco general de seguridad, pero corresponde a cada Estado miembro establecer el régimen de sanciones en caso de incumplimiento. Estas sanciones pueden incluir multas económicas, cuando se comercializan productos que no cumplen los requisitos de seguridad o cuando una sociedad no coopera con las autoridades.

Bloqueos en aduanas

Los controles en frontera también se han reforzado para evitar que productos no conformes entren en el mercado europeo. Si las autoridades aduaneras detectan un juguete que no cumple los requisitos del Reglamento o que no dispone de la documentación necesaria, pueden bloquear su entrada en la Unión Europea. Esta posibilidad es especialmente importante para los importadores que introducen productos desde terceros países, pues un bloqueo en aduanas puede generar retrasos, gastos e incluso la devolución o destrucción de la mercancía.

Daño reputacional

Además, el incumplimiento de la normativa puede tener un impacto importante en la reputación de la empresa. Las alertas de productos peligrosos se publican en sistemas europeos de vigilancia del mercado, lo que además puede afectar a la confianza de los consumidores, distribuidores y plataformas de venta online. En sectores sensibles como el de los juguetes, donde la seguridad infantil es prioritaria, un incidente de este tipo puede tener consecuencias duraderas para la marca.

Cómo prepararse antes de 2026 y 2030

El Reglamento (UE) 2025/2509 introduce cambios importantes en la regulación de los juguetes en la Unión Europea, pero su aplicación se realizará de forma progresiva. Esto significa que las empresas que fabrican, importan o venden juguetes en la UE deberían empezar a prepararse lo antes posible. Adaptar los procesos, revisar los materiales utilizados y actualizar la documentación puede llevar tiempo, especialmente cuando existen cadenas de suministro internacionales. A continuación, se resumen algunas de las acciones a llevar a cabo:

AcciónQué debes hacer en la prácticaBase jurídica en el Reglamento (UE) 2025/2509Por qué es importante
Revisar tu catálogo de productosAnalizar qué productos de tu catálogo se consideran realmente “juguetes” según la normativa europea y verificar si cumplen los requisitos de seguridad.Art. 3 (definición de juguete) y Art. 5 (requisito general de seguridad)Permite identificar qué productos están sujetos al Reglamento y evitar incumplimientos regulatorios.
Analizar sustancias químicasRevisar los materiales utilizados y comprobar la presencia de sustancias restringidas como PFAS, bisfenoles, fragancias alergénicas o sustancias CMR.Anexo II del Reglamento (requisitos químicos)Reduce el riesgo de comercializar juguetes con sustancias peligrosas y evita retiradas o sanciones.
Adaptar la documentación técnicaPreparar o actualizar el expediente técnico del producto, incluyendo la evaluación de riesgos y la documentación de conformidad.Art. 18 (evaluación de seguridad)Permite demostrar ante las autoridades que el juguete cumple los requisitos de seguridad.
Implementar el Pasaporte Digital del ProductoCrear un sistema digital que permita vincular el juguete con su información de conformidad mediante un código QR u otro soporte de datos.Arts. 28-34 (Pasaporte Digital del Producto)Facilita la trazabilidad del producto y los controles de mercado y aduanas.

Casos prácticos, cómo ayudamos a empresas a cumplir el Reglamento sobre juguetes

En nuestro despacho asesoramos regularmente a empresas que fabrican, importan o venden productos para niños y que necesitan asegurarse de que cumplen correctamente con la normativa europea antes de comercializar sus productos. A continuación, algunos ejemplos de situaciones en las que hemos ayudado a nuestros clientes.

Empresa que importaba juguetes desde Asia

Una empresa europea que importaba juguetes desde Asia nos contactó porque sus productos habían sido retenidos en aduanas durante un control de seguridad. Tras revisar el expediente, detectamos que el fabricante no había realizado correctamente la evaluación de seguridad exigida y que la documentación técnica era incompleta. Ayudamos al cliente a revisar los informes de laboratorio y materiales utilizados, completar el expediente técnico del producto y preparar la documentación exigida por las autoridades. Gacias a esta intervención, la empresa pudo regularizar la situación y evitar nuevas incidencias.

Empresa de e-commerce que vendía productos infantiles

En otro caso, una empresa de comercio electrónico vendía artículos infantiles que no habían sido diseñados inicialmente como juguetes. Sin embargo, por su forma, colores y forma de comercialización, existía el riesgo de que fueran considerados juguetes por las autoridades. Realizamos un análisis jurídico del producto para determinar si entraba dentro de la definición del Reglamento.

Tras el análisis, asesoramos al cliente para adaptar la información del producto en su tienda online, incluir ciertas advertencias y revisar la clasificación del producto. Esto permitió reducir el riesgo de sanciones o retirada del producto del mercado.

Empresa que quería vender juguetes con marca propia

Una empresa que comercializaba productos infantiles bajo marca blanca nos consultó antes de lanzar una nueva línea de juguetes. Explicamos que, conforme al Reglamento, una empresa que vende productos con su propia marca puede ser considerada legalmente fabricante, incluso si el producto lo fabrica un tercero. Por ello, ayudamos al cliente a revisar los contratos con el fabricante, verificar el cumplimiento de las normas de seguridad, lo que permitió lanzar el producto al mercado con mayor seguridad.

Adaptación al pasaporte digital del producto

Algunas empresas ya están preparándose para la futura implementación del Pasaporte Digital del Producto. En estos casos, ayudamos a nuestros clientes a identificar qué información debe incluir el pasaporte digital, organizar la documentación de forma estructurada, y que permitirán generar el pasaporte digital del producto. Esto permite a las empresas anticiparse a las nuevas exigencias regulatorias y evitar cambios apresurados cuando la normativa sea plenamente aplicable.

¿Necesitas ayuda para cumplir el Reglamento (UE) 2025/2509 sobre juguetes?

La entrada en vigor del Reglamento (UE) 2025/2509 supone un cambio importante para todas las empresas que fabrican, importan o venden juguetes en la Unión Europea. Las nuevas obligaciones en materia de seguridad, control de sustancias químicas, documentación técnica y pasaporte digital del producto implican que muchas empresas deban revisar sus procesos y su cadena de suministro. Muchos problemas aparecen cuando los productos ya están en el mercado, por ello, es importante estar acompañado legalmente.

En Arthur & Marin, asesoramos a fabricantes, importadores y empresas de comercio electrónico en la adaptación al Reglamento europeo sobre seguridad de los juguetes. Nuestro trabajo incluye el análisis jurídico, la revisión del cumplimiento normativo, la preparación de documentación y la asistencia en casos de controles de mercado o incidencias regulatorias. Somos especialistas en Derecho de la Unión Europea, Derecho Regulatorio y Derecho Internacional.

Contáctanos a info@arthurmarin.com o al teféfono +32 465 345 492 Si tu empresa fabrica, importa o vende juguetes en la Unión Europea y quieres asegurarte de cumplir correctamente con el Reglamento (UE) 2025/2509.

Preguntas frecuentes sobre el Reglamento sobre juguetes

¿Qué es el Reglamento (UE) 2025/2509 sobre seguridad de los juguetes?

El Reglamento es la nueva normativa europea que regula la seguridad de los juguetes comercializados en la Unión Europea. Sustituye a la antigua Directiva 2009/48/CE y establece requisitos más estrictos en materia de seguridad, control de sustancias químicas, documentación técnica y trazabilidad de los productos. Su objetivo es garantizar que los juguetes no representen riesgos para la salud o la seguridad de los niños cuando se utilizan conforme a su finalidad o de manera razonablemente previsible.

¿Cuándo entra en vigor el Reglamento (UE) 2025/2509?

El Reglamento entra en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Sin embargo, su aplicación será progresiva. Algunas disposiciones comenzarán a aplicarse a partir de 2026, mientras que la aplicación completa del Reglamento está prevista para 2030. Esto permite a las empresas adaptarse gradualmente a las nuevas obligaciones.

¿A qué productos se aplica el Reglamento de juguetes?

El Reglamento se aplica a cualquier producto diseñado o destinado, total o parcialmente, a ser utilizado para el juego por niños menores de 14 años. No obstante, existen algunas exclusiones recogidas en el Anexo I, como determinados artículos de colección, equipos de parques infantiles públicos o algunos productos deportivos.

¿Se aplica el Reglamento también a juguetes importados desde fuera de la UE?

Sí. Los juguetes fabricados fuera de la Unión Europea deben cumplir exactamente los mismos requisitos de seguridad antes de poder comercializarse en el mercado europeo. El importador es responsable de verificar que el fabricante ha cumplido las obligaciones del Reglamento, incluyendo la evaluación de seguridad y la documentación técnica del producto.

¿Qué es el Pasaporte Digital del Producto en los juguetes?

El Pasaporte Digital del Producto (DPP) es una de las principales novedades del Reglamento (UE) 2025/2509. Se trata de un sistema digital que permite acceder a información relevante sobre el juguete —como su conformidad con la normativa o datos del fabricante— mediante un soporte de datos, como un código QR. Este sistema facilita los controles por parte de autoridades, especialmente en importaciones y ventas online.

¿Qué sustancias químicas están prohibidas en los juguetes?

El Reglamento refuerza las restricciones sobre diversas sustancias químicas que pueden representar riesgos para la salud infantil. Entre otras, establece controles estrictos sobre sustancias cancerígenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR), determinados bisfenoles, como el BPA, fragancias alergénicas, sustancias persistentes como los PFAS. Estas restricciones se detallan principalmente en el Anexo II del Reglamento.

¿Qué ocurre si un juguete no cumple el Reglamento europeo?

Si un juguete no cumple los requisitos del Reglamento, las autoridades pueden adoptar diversas medidas, como la retirada del producto del mercado, sanciones económicas o bloqueos en aduanas. En casos graves, también puede ordenarse la recuperación de los productos ya vendidos a los consumidores.

¿Quién es responsable si vendo juguetes con mi propia marca?

Si una empresa vende un juguete con su propia marca o modifica un producto existente de forma que pueda afectar a su seguridad, puede ser considerada legalmente fabricante según el Reglamento. Esto implica asumir todas las obligaciones previstas para los fabricantes, incluyendo la evaluación de seguridad, la documentación técnica y la responsabilidad en caso de incumplimiento.

¿Cómo puede prepararse una empresa para el Reglamento (UE) 2025/2509?

Para prepararse para la nueva normativa, las empresas deberían revisar su catálogo de productos, analizar los materiales utilizados, adaptar la documentación técnica y preparar la futura implementación del Pasaporte Digital del Producto. Una revisión preventiva del cumplimiento normativo puede evitar problemas como sanciones, bloqueos en aduanas o retiradas de productos.

¿El Reglamento se aplica también a juguetes vendidos online?

El Reglamento se aplica a todas las formas de comercialización, incluidas las ventas online o a distancia. Los juguetes vendidos en internet deben cumplir exactamente los mismos requisitos de seguridad que los vendidos en tiendas físicas. L00001-00082

¿Los juguetes conectados a internet tienen requisitos adicionales?

Los juguetes conectados digitalmente deben evaluarse también desde el punto de vista de ciberseguridad, privacidad y posibles riesgos para los niños, especialmente si incluyen funciones interactivas o de seguimiento. L00001-00082

¿Existen límites de ruido para los juguetes?

El Reglamento establece niveles máximos de ruido para los juguetes que emiten sonidos (como juguetes musicales o pistolas de juguete) para evitar daños auditivos en los niños. L00001-00082

¿Cuánto tiempo deben conservarse los documentos de conformidad?

Los fabricantes e importadores deben conservar la documentación del producto durante 10 años desde su introducción en el mercado. L00001-00082

¿Qué revisan las autoridades en una inspección de juguetes?

Normalmente verifican:

  • la evaluación de seguridad del producto
  • la documentación técnica
  • el marcado CE
  • el cumplimiento de las normas químicas
  • el pasaporte digital del producto cuando sea obligatorio.

¿Qué ocurre si un juguete representa un riesgo para los niños?

Las autoridades de vigilancia del mercado pueden ordenar medidas como la retirada del producto, la prohibición de su comercialización o la recuperación de los juguetes ya vendidos, con el fin de proteger la salud y la seguridad de los niños.

¿El Reglamento también se aplica a juguetes de segunda mano?

Sí, cuando los juguetes de segunda mano se importan desde fuera de la Unión Europea y se introducen en el mercado europeo. En ese caso, deben cumplir los mismos requisitos de seguridad que los juguetes nuevos

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